Calendario de declaración de renta 2022: Fechas y plazos en agosto

Declaración de renta - imagen de referencia // Foto: Getty Images

Calendario de declaración de renta 2022: Fechas y plazos en agosto

Conoce las fechas en las que debes pagar este impuesto para que no te tome por sorpresa.

Laura Daza Díaz

Inicia la época del año en que los colombianos deben declarar renta, estos trámites pueden significar un dolor de cabeza para muchas personas. Por eso, aquí te contamos cuáles son las fechas que están habilitadas para el pago de este impuesto.

El calendario tributario de la DIAN inicia este 9 de agosto y va hasta el 19 de octubre. El orden en el que las personas deben pagar depende de los últimos dígitos del NIT.

En el mes de agosto, tendrán que presentar las personas que su número de NIT termina en 01 hasta 32. Las fechas están divididas de la siguiente forma:

  • 01-02: presentan el 9 de agosto
  • 03-04: presentan el 10 de agosto
  • 05-06: presentan el 11 de agosto
  • 07-08: presentan el 12 de agosto
  • 09-10: presentan el 16 de agosto
  • 11-12: presentan el 17 de agosto
  • 13-14: presentan el 18 de agosto
  • 15-16: presentan el 19 de agosto
  • 17-18: presentan el 22 de agosto
  • 19-20: presentan el 23 de agosto
  • 21-22: presentan el 24 de agosto
  • 23-24: presentan el 25 de agosto
  • 25-26: presentan el 26 de agosto
  • 27-28: presentan el 29 de agosto
  • 29-30: presentan el 30 de agosto
  • 31-32: presentan el 31 de agosto

¿Cómo hacer el proceso?

Primero que todo, debes estar inscrito en el RUT, tener usuario en la Dian y firma electrónica.

La declaración de renta es básicamente lo que las personas naturales pagan al estado, ya sean empleados o independientes, con relación a los ingresos que tuvieron en el año anterior, en este caso el 2021.

¿Quién tiene que declarar?

Tendrás que declarar renta si estas dentro de estos parámetros.

  • Patrimonio bruto al término del año gravable 2021 igual o superior a $163.386.000.
  • Ingresos totales del respectivo ejercicio gravable sean iguales o superiores a $50.831.000.
  • Consumos mediante tarjeta de crédito sean iguales o superiores a $50.831.000.
  • Un total de las compras y consumos sean igual o superior a $50.831.000.
  • Valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $50.831.000.

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