Horas extras en Colombia: ¿cómo se pagan?

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Horas extras en Colombia: ¿cómo se pagan?

Son varias las preguntas que giran en torno a las horas extras: cómo se calculan, cuándo las reclamo, cómo me las pagan. Acá las respuestas

Lady Umaña Baquero

Es normal que pasen percances que eviten que algunos empleados terminen su jornada laboral siempre puntual, sin embargo, hay casos repetitivos que hacen que más de uno se pregunte si deben pagarles horas extras y qué deben hacer.

Primero hay que entender que las horas extras hacen referencia a todas las que un empleado presta en un horario no estipulado en el contrato, también son conocidas como “trabajo suplementario”, el cual por algunas empresas ya vienen descritos en los desprendibles de nóminas.

¿Cuándo se considera que el empleado ha hecho horas extras?

Según la firma de Cristiano Abogados, quienes comparten diferentes videos respondiendo las dudas de los internautas en redes, en Colombia la Ley establece que la jornada de trabajo es de 48 horas semanales, con un máximo de 8 horas diarias.

Cuando este tiempo de extiende, las horas se consideran extra. Pero la Ley también pone límite a estas horas, así que deben ser un máximo de 2 horas diarias.

Lo anterior quiere decir que, si realizas 10 horas de trabajo, las dos adicionales te las deben pagar aparte.

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¿Cómo se pagan?

En el código Sustantivo de Trabajo se expone que estas horas extra deben ser pagadas junto al salario ordinario, en la nómina que corresponda.

¿Cómo se calculan?

Teniendo en cuenta el incremento de salario mínimo para el 2022, el valor de una hora extra es de $5.208, sin embargo, si se realizaron un domingo, el precio parte desde $8.333.

Todo dependerá del tipo de contrato que tengas, conocer la diferencia entre el horario diurno y nocturno y si el trabajo suplementario se realiza domingos y festivos, pues esto subirá el precio de lo que deben pagarte.

  • Horario diurno: está fijado entre las 6:00 a.m. a las 9:00 p.m.
  • Horario nocturno: desde las 9:00 p.m. a las 6:00 a.m.

La hora diaria nocturna tiene un recargo de 35% sobre elvalor de la hora ordinaria; la extra diurna tiene un recargo del 25% y la hora extra nocturna tiene un recargo del 75% sobre el valor ordinario.

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