Aprenda a calcularla. Créditos: Getty Images

Así funciona la pensión por invalidez en Colombia: monto que recibe y cálculo liquidación

Este tipo de pago se entrega cuando el trabajador pierde parte de su capacidad laboral.

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¿Sabía que en Colombia existe la pensión por invalidez? Se trata de un beneficio económico que se otorga a las personas que, debido a una enfermedad o accidente, perdieron el 50% o más de su capacidad laboral y cumplen con los requisitos establecidos por la ley.

Este ingreso se recibe mensualmente como resultado de haber cotizado de manera constante al sistema de pensiones obligatorias.

De acuerdo con Porvenir, la invalidez puede ser de dos tipos:

  • Origen común: como consecuencia de una enfermedad no relacionada con el trabajo, determinada por un médico tratante.

  • Origen profesional: producto de un accidente laboral o enfermedad derivada de la actividad laboral, certificada también por un médico y gestionada a través de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL).

Para acceder a ella necesita en primer lugar contar con una calificación de pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%,  haber cotizado 50 semanas dentro de los últimos tres años anteriores a la fecha en la que la enfermedad o accidente produjo el porcentaje de pérdida de capacidad laboral, aunque si usted es menor de 20 años, bastará con 26 semanas cotizadas en el último año.

Puede leer: ¿Cómo saber a cuál fondo de pensiones está afiliado? Link y paso a paso

Cómo solicitarla

De acuerdo con la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, para solicitar la pensión por invalidez debe agendar una cita con su fondo de pensiones o llamar a su línea de atención para recibir asesoría y presentar los siguientes documentos:

  • Formulario único de solicitudes de prestaciones

  • Fotocopia del documento de identidad

  • Registro civil de nacimiento

  • Dictamen de invalidez

  • Historia laboral actualizada o sábana de cotizaciones

Cálculo de la pensión

Finalmente, en la página web de Porvenir se lee que el monto depende del grado de invalidez, las semanas cotizadas y el ingreso base de liquidación (IBL), así:

  • Si la invalidez oscila entre el 50 y el 65.99% (Invalidez grado 1) el monto de la pensión se liquidará a partir del 45% del Ingreso Base de Liquidación (IBL)

  • Si la invalidez es igual o superior al 66% (Invalidez grado 2) el monto de la pensión se liquidará a partir del 54% del Ingreso Base de Liquidación (IBL)

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