Unión de hecho

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¿Cómo se declara una sociedad patrimonial de hecho? Esto indica Minjusticia

Esta brinda las garantías de una unión marital común y corriente en términos de patrimonio.

jcarreno
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Cuando una pareja decide convivir sin estar casados, pero con la intención de formar un hogar, es considerado una unión marital de hecho, la cual en Colombia es una figura jurídica que reconoce la relación de las dos personas sin que obligatoriamente estén casados ya sea por una iglesia o de manera civil.

De acuerdo con el Centro de Arbitraje y Conciliación, la unión marital de hecho tiene unos requisitos como voluntad, legitimidad, comunidad de vida, permanencia, debe ser singular y ausencia de vínculo matrimonial con compañeros permanentes. Las uniones maritales de hecho también pueden conformar sociedades patrimoniales, lo cual permite que los bienes adquiridos durante su convivencia no sean propios sino de ambos.

Según el Ministerio de Justicia, para que se declare una sociedad patrimonial de hecho se deben seguir ciertos pasos ante autoridades competentes. En principio, si ambos están de acuerdo, pueden acudir de manera voluntaria a:

  • A la Notaría por medio de escritura pública.
  • A un Centro de Conciliación por medio de acta de conciliación.
  • Ante un Juez para que determine la unión marital de hecho.

Cuando la solicitud sea recibida, esta será estudiada junto con los documentes que acrediten la convivencia para realizar la distribución de bienes. Si se cumplen los requisitos, la autoridad podrá declarar sociedad patrimonial de hecho. En ese caso, los bienes adquiridos pertenecerán a los dos por partes iguales.

¿Cuáles son los requisitos para formar una sociedad patrimonial de hecho?

  • Que exista la unión marital de hecho por lo menos durante 2 años
  • Que la convivencia durante los 2 años haya sido ininterrumpida
  • Que ninguno de los miembros tenga un impedimento legal para casarse
  • Que se realice una solicitud formal, la cual debe contener lo siguiente:
  • La descripción del notario a quien se dirige (si se presenta ante notario).
  • La descripción del centro de conciliación a quien se dirige (si se presenta ante centro de conciliación).
  • La descripción del juzgado a quien se dirige (si se presenta ante juez).
  • Los nombres, identificación y el lugar de residencia de los compañeros permanentes (deberá ser el mismo para ambos).
  • El número de teléfono de contacto de cada uno de los miembros de la pareja.
  • Un correo electrónico si se tiene.
  • La manifestación de los hechos de que la pareja ha convivido en unión libre de manera ininterrumpida durante al menos dos años (existencia de la unión marital de hecho), indicando la fecha en la que inició la convivencia.
  • La manifestación de que ninguno de los compañeros permanentes tiene impedimento (legal) para casarse.
  • Si uno de los miembros de la pareja o ambos tiene impedimento para casarse, que la sociedad conyugal, producto de ese matrimonio, haya sido disuelta antes de haber iniciado la convivencia ininterrumpida.
  • Documentos y pruebas que demuestren la existencia de la unión marital de hecho y de la sociedad patrimonial.

Además, el Minjusticia indica que la solicitud debe contener la copia del documento de los compañeros permanentes y su registro civil. Para que se demuestre que una unión marital de hecho existe están los documentos tales como: acta de conciliación, escritura pública o sentencia de un juzgado.

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