Los aportes mensuales a pensión y salud hacen parte de una práctica obligatoria y habitual de empleadores y empleados que hacen al Sistema General de Seguridad Social. Esta serie de descuentos son establecidos por la ley y cuentan con diferencias puntuales sobre trabajadores dependientes e independientes, ya que son casos distintos.
Estos recursos buscan garantizar la protección de trabajadores ante eventualidades o circunstancias adversas como enfermedades, pensión por vejez, invalidez, entre otros. Cada año, el cálculo de estos valores se hacen sobre el Ingreso Base de Cotización (IBC) para obtener estas cifras que deben ser consignadas mes a mes.
Además de aportar a pensión, también se aporta a salud como parte de lo que exige la legislación colombiana. Esta cifra se obtiene de un cálculo que se realiza según el salario mensual que devenga cada trabajador, el cual no puede ser menor a 1 salario mínimo mensual legal vigente y no puede superar los 25 SMMLV.
Actualmente, los porcentajes de salud y pensión están establecidos de la siguiente manera:
Esto quiere decir que el trabajador debe hacer un aporte total del 8% que se descuentan a su sueldo habitual. La ley señala que si el trabajador recibe mensualmente un sueldo superior a los 4 SMMLV, tiene que hacer un aporte adicional del 1%. Dicha cifra va destinada al Fondo de Solidaridad Pensional. Dicho esto, la fórmula para cálcular el aporte mensual a pensión y salud es: (salario mensual) × 0.04 = valor de aporte.
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Para un trabajador que tenga un salario mensual de $2.500.000 de pesos, su aporte de salud y pensión será el mismo valor como lo establece la ley y sería el siguiente:
Quienes deseen conocer el cálculo de su aporte pueden ingresar a la calculadora de aportes de Compensar, a la que puede acceder al dar clic en este link. Para conocer su cifra de aporte debe digitar su sueldo así como tipo de trabajador, tipo de cotizante y clase de riesgo.
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