Pilar solidario

Imagen: Departamento de Prosperidad Social

¿Cumple con ellos?; estos son los requisitos fundamentales para entrar al pilar solidario

En esta nota puede consultar si puede ser uno de los beneficiarios de este componente del sistema pensional colombiano.

jriano
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Con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 trajo consigo la entrada de un nuevo sistema que busca refugiar y velar por la protección de la tercera edad en Colombia. Esta modificación en la dinámica anterior tiene como objetivo asegurar una entrada de dinero para todos los ciudadanos sin discriminar condiciones socioeconómicas.

El actual modelo presenta un régimen de cuatro pilares: contributivo, semicontributivo, solidario y de ahorro voluntario. Cada uno de ellos cuenta con enfoques y características diferentes que están diseñados para cobijar diferentes grupos poblacionales.

Con su implementación se espera fortalecer el acceso de colombianos a prestaciones económicas durante su vejez. En el caso del pilar solidario, este segmento asegura una transferencia mensual “a personas mayores en condición de pobreza extrema, pobreza o vulnerabilidad”. El Departamento de Prosperidad Social es la entiddad que administra este esquema de auxilios que va a reemplazar progresivamente al programa Colombia Mayor sin afectar a los beneficiarios.

Requisitos fundamentales para entrar al pilar solidario

El pilar solidario otorga un subsidio mensual de $230.000 pesos a sus usuarios identificados en condición de pobreza o vulnerabilidad que no logran acceder a una pensión por vejez. Asimismo, agrupa a diferentes grupos poblacionales para contar con más beneficiarios que requieren de este apoyo. Para acceder a esta Renta Básica Solidario, los ciudadanos interesados deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano colombiano.
  • Edad: Los hombres deben tener mínimo 65 años de edad y las mujeres al menos 60 años. Si tienen una discapacidad laboral igual o mayor al 50%, los hombres deben ser mayores de 55 años y las mujeres de 50 años.
  • Residencia: Acreditar más de 10 años de domicilio dentro del territorio colombiano.
  • Poblaciones priorizadas: Integrar un grupo de pobreza extrema o vulnerable y/o pertenecer a grupos indígenas, comunidades negras, afrocolombianas, raizales, palenqueras, campesinos y cuidadores que no perciban ingresos propios.
  • Prohibiciones: No pueden recibir pensión de ningún régimen.

 

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Causales de retiro del pilar solidario

  • Muerte del beneficiario.
  • Si se descubre que hay fraude o falsedad en la información.
  • Si el beneficiario solicita su retiro voluntario del programa.
  • No corregir las causas de suspensión del programa dentro de un plazo de seis meses.