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El Auxilio Funerario de Colpensiones prescribe: Este es el tiempo máximo para reclamarlo

Ojo, le contamos cuál es el término del auxilio funerario de Colpensiones.

jcarreno
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Colpensiones
El auxilio funerario de Colpensiones es una prestación económica que el fondo público le concede a la persona o entidad que asumió los gastos funerarios de un afiliado o de un pensionado. No se trata como tal de un seguro, sino de un apoyo económico que se paga por única vez y tiene como objetivo aliviar la carga económica de los familiares o personas cercanas al fallecido.

De acuerdo con Colpensiones, el auxilio funerario lo puede solicitar una persona natural o jurídica, la condición es que debe demostrar que pagó los gastos funerarios. En ese orden de ideas, estos pueden ser: un familiar que asumió los costos, una aseguradora que cubrió el servicio o una funeraria con la que se contrató un plan exequial.

Uno de los requisitos indispensables para solicitar este auxilio funerario es que el fallecido debió haber sido afiliado o pensionado de Colpensiones y, en caso de haber sido afiliado, estar cotizando y estar al día con los pagos al momento del deceso.

El valor del auxilio funerario puede variar, depende del último salario base de cotización o la última mesada pensional. No obstante, este no podrá ser inferior a 5 salarios mínimos, es decir $ 7.117.500, ni superior a los 10 salarios mínimos, es decir $14.235.000 para 2025.

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¿Cuáles son los documentos para solicitar el auxilio funerario?

 

Para solicitarlo, tiene dos opciones: la primera es de forma presencial en cualquiera de los Puntos de Atención Colpensiones en todo el país o de forma virtual a través de la sede electrónica que podrá encontrar dando clic aquí.

El tiempo de respuesta de esta solicitud es de cuatro meses cuando los documentos estén completos. Pero ojo, la solicitud debe realizarse “dentro de los 3 años siguientes al fallecimiento, de lo contrario el derecho prescribe”, indica Colpensiones.

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