
Por ahora, se desconoce quién o quiénes fueron los responsables de divulgar el video íntimo entre Beéle e Isabella Ladera, lo cierto es que dicha acción constituye una conducta punible de acuerdo con el Código Penal Colombiano.
Pero más allá de las implicaciones sociales o impacto mediático que ha tenido esta situación, en la ley colombiana es castigable esa conducta. De acuerdo con el artículo 220 del Código Penal Colombiano, se castiga la injuria o imputaciones deshonrosas, es decir, que quienes divulguen imágenes privadas e íntimas sin autorización podrá ser objeto de “prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
Pero ojo, la reproducción de estas imágenes también tiene implicaciones legales en cuanto las personas que redistribuyan dicho contenido pueden incurrir en conductas penales.
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En caso de que usted esté siendo víctima de una persona que divulgó o que lo(a) está extorsionando para no divulgar este material, debe hacer lo siguiente:
En la línea púrpura podrá recibir:
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