
En caso de que una persona no acate la fecha de salida del país que se indica en el formulario I-94, puede generarle varias situaciones negativas, debido a que el Servicio de Migración de los Estados Unidos tiene dicha información registrada. En ese sentido, se podrían ver afectadas futuras solicitudes de visa, renovación e incluso ingreso al país.
Como si fuera poco, la acumulación de presencias irregulares generaría un proceso de deportación y también prohibiciones de ingreso por varios años. Lo cual depende del tiempo con presencia irregular en dicho país.
Recordemos que ahora se aplicará la tarifa de integridad en la que se le cobra al solicitante un valor de 250 dólares en búsqueda de que la persona cumpla con las condiciones del visado autorizado. Este valor será reembolsable si al final de la vigencia de la visa la persona ha cumplido con las condiciones.
En caso de que un extranjero se quede entre 180 días y menos de un año, tendrá prohibición de reingreso al país por hasta 3 años. En caso de que la estadía irregular supere el año, le podrán imponer una prohibición de ingreso por hasta 10 años. Además, es posible que le cancelen la visa y que se le sea negada una solicitud futura.
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Primero, es clave revisar la fecha de salida o límite de estadía que se encuentra en el formulario I-94. En caso de que esté dentro del periodo regular de estadía y necesite una extensión de tiempo, la puede solicitar en el formulario I-539. No debe esperar hasta que expire el tiempo permitido.
En caso de que el tiempo haya expirado, se recomienda contactar a un abogado de inmigración y optar por salir voluntariamente del país con una solicitud de retractación migratoria, además de aportar pruebas que justifiquen la extemporaneidad.
Si usted quiere mantener su visa sin inconvenientes, lo que mejor puede hacer es respetar los tiempos y acatar lo que se indica en el formulario I-94 cuando ingrese a los Estados Unidos.
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