Pignoración de Cesantías

Imagen: Getty Images - FNA

¿Qué significa que le pignoren las cesantías en el FNA? Casos en los que puede pasar

En este proceso, las cesantías de un trabajador funcionan como garantía de un préstamo, que en la mayoría de casos es de vivienda.

jriano

Las cesantías hacen parte de las prestaciones sociales otorgadas en Colombia, que deben ser garantizado por parte del empleador hacia el empleado. Su propósito principal es “constituir un ahorro a favor del trabajador, del que pueda disponer cuando quede desempleado”, según el Ministerio de Justicia.

Su valor monetario “equivale a un mes de salario por cada año de servicio, o proporcional al tiempo laborado”, como lo expresa el Fondo Nacional del Ahorro. Este monto económico va acumulándose con el paso de los años, y en muchas ocasiones permite acceder a la compra de vivienda, créditos educativos para el trabajador, cónyugue o hijos, entre otras cosas.

Gracias a este dinero, miles de colombianos han podido contar con casas o apartamentos propios, entrar a programas de estudio en educación superior, contar con pólizas de seguros, entre otros. Junto al sueldo devengado, o subsidios adquiridos, varios ciudadanos han podido mejorar su calidad de vida, accediendo a varios beneficios.

¿Qué significa que le pignoren las cesantías en el FNA?

La pignoración de las cesantías son un proceso en el que los recursos se destinan como garantía de un préstamo que solicitó el empleado. Quienes desembolsan el dinero de estos créditos son el empleador, cajas de compensación familiar, fundaciones, cooperativas u otras instituciones.

Es decir, que en caso de que el deudor incumpla con sus pagos, el dinero se descontará de las cesantías del trabajador. Como lo indica el portal web Ámbito Jurídico, esta rebaja se efectuará “siempre y cuando exista autorización expresa y previa del trabajador”.

Le recomendamos:

En el caso del FNA, esta entidad pública permite la pignoración de las cesantías para créditos de vivienda y de educación. En el primer caso, el otorgar estos créditos implica que se garantice parte de la deuda, en caso de que sea incumplida. Por su parte, el crédito de educación se “podrá garantizarse con pignoración de cesantías si lo decide el deudor siempre y cuando se den las condiciones del reglamento de educación y se trate de un trabajador del sector público“.