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¿Quiénes pueden aplicar a la ventana de traslado?; requisitos y número de semanas reunidas

Esta oportunidad que permite a algunas personas la posibilidad de cambiarse de fondo de pensiones sin estar sujetos a la regla de permanencia.

jriano
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Ventana de traslado requisitos
La ventana de traslado es una oportunidad que tienen millones de trabajadores para cambiarse de su fondo de pensiones. Ya sea el traslado de Colpensiones a las administradoras privadas o viceversa, este es un proceso con el cual se deben cumplir ciertos requisitos y realizar un debido proceso.

Mientras se levanta la suspensión de la Ley 2381 de 2024, también conocida como la reforma pensional, la Corte Constitucional decidió mantener este mecanismo. Esto significa que hasta que se emita una próxima resolución, los trabajadores pueden realizar esta solicitud previa a su jubilación por vejez.

Cabe mencionar que quienes deseen realizar este proceso tienen plazo máximo hasta el 16 de julio de 2026, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Con la ventana de traslado, miles de trabajadores que estén a menos de 10 años de su pensión podrán decidir en que fondo de administración desean jubilarse tras la doble asesoría.

¿Quiénes pueden hacer parte de la ventana de traslado?

La oportunidad de traslado está disponible para hombres con al menos 52 años de edad y mínimo 900 semanas cotizadas y mujeres con 47 años o más y mínimo 750 semanas acumuladas. Quienes cumplan con las condiciones deben tomar la doble asesoría para entender diferencias y tomar una decisión.

Se trata de un proceso de acompañamiento en el que asesores de ambas entidades le explican beneficios y diferencias de cada entidad de manera imparcial. Durante estas citas, los expertos de cada fondo le indicarán como será su pensión, escenario de cada fondo, monto mensual, entre otros detalles.

 

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Las asesorías son totalmente gratuitas y se pueden agendar previamente por los canales oficiales de cada institución administradora de pensiones. Después de recibir información detallada de cada opción, el afiliado puede tomar estos datos para tomar la decisión que mejor le convenga para su futuro.

Vale mencionar que aquellas personas que no tengan la edad mínima, pero cumplan con la cantidad de semanas entran al Régimen de Transición. Este es un mecanismo en el que se garantiza la “garantiza la aplicación de las reglas de la ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen, según indica Colpensiones.

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