
¿A qué trabajadores deberían aplicarle el trabajo remoto? Esto indica el Gobierno Nacional
El Ministerio de Trabajo hizo un llamado a empresas públicas y privadas para adoptar el teletrabajo durante cinco días.
El trabajo remoto o teletrabajo es una modalidad que permite a un trabajador realizar sus funciones durante su turno en su casa u otro espacio diferente a su oficina. Este mecanismo de trabajo se viene implementando desde hace varios años en empresas del sector público o privado en las que es posible hacerlo. Áreas administrativas, sectores de tecnología, servicio al cliente, entre otros, son campos en los que es posible acordar esta forma de trabajar junto al empleador.
Recientemente, el Ministerio de Minas y Energía anunció un mantenimiento programado en la Planta de Regasificación de Cartagena. Para desarrollar un buen trabajo preventivo es necesario suspender la operación de esta central energética, por lo que hay un riesgo parcial de desabastecimiento energético.
La circular 40267 de la cartera indica que esta serie de trabajos se realizará “del 30 de julio al 3 de agosto de 2026”. Debido a esta situación, el Ministerio de Trabajo hizo un llamado a empleadores públicos y privados para permitir el trabajo remoto durante el periodo de tiempo señalado.
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Cabe mencionar que esta posibilidad no va dirigida a todos los sectores productivos. Esto debido a que hay industrias en las que no es posible desarrollar el trabajo por fuera del puesto de trabajo.
¿A quiénes deberían aplicarle el trabajo remoto por contingencia energética?
El Ministerio de Trabajo emitió la circular 0081 en la que expresa a empleadores públicos y privados habilitar el trabajo en casa y otras formas de trabajo mientras la planta vuelve a su normalidad. Esta posibilidad busca que las empresas brinden el ‘home office’ bajo los lineamientos legales siempre y “cuando resulte jurídica y operativamente viable”.
Esta medida aplicaría para aquellos trabajadores “cuyas funciones puedan desarrollarse por fuera de las instalaciones de la entidad o del empleador, sin afectar la continuidad del servicio ni la atención presencial indispensable“, indica el documento.
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La cartera de trabajo señala que estos lineamientos son parciales mientras regresa la operación habitual de la Planta de Regasificación de Cartagena. Los efectos de esta circular son de “carácter transitorio y exhortativo” hasta el 3 de agosto en las empresas en las que se adopte esta advertencia. Con esta medida se espera contribuir a “la reducción del consumo de energía durante el Mantenimiento Programado”.
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