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DIAN aplaza declaración de renta a afectados por terremoto: así serán los nuevos vencimientos

Debido a la tragedia natural que afronta el país, los contribuyentes de las zonas afectadas tendrán nuevos plazos para la declaración de renta.

Este miércoles, 12 de agosto, inició el vencimiento para que las personas naturales presenten su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Según la entidad, luego del terremoto de magnitud 7.4 que afectó principalmente al Eje Cafetero y el norte del Valle del Cauca y el departamento del Chocó, se tomó la decisión de modificar los plazos tributarios y se suspendieron los términos aduaneros en zonas afectadas.

“En respuesta a la declaratoria de calamidad a causa del sismo del pasado 10 de agosto y bajo el entendido del impacto que esta situación genera en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y aduaneras de la ciudadanía, el Gobierno Nacional publicó para comentarios dos proyectos de decreto que otorgan medidas transitorias para mitigar los efectos del siniestro en las zonas afectadas”, explicó la DIAN en un comunicado.

Cabe señalar que los vencimientos para la declaración de renta inician con el 01 y 02, recordando que para la declaración y pago se tiene en cuenta los últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT).

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A estas personas se les aplazará la declaración de renta

La DIAN explicó que esta medida cobija a quienes, al corte del 10 de agosto de 2026, tienen su domicilio fiscal en municipios que pertenezcan a direcciones seccionales de la entidad como:

Valle del Cauca

  • Impuestos de Cali
  • Impuestos y Aduanas de Palmira
  • Impuestos y Aduanas de Tuluá
  • Impuestos y Aduanas de Buenaventura

Risaralda

  • Impuestos y Aduanas de Pereira

Quindío

  • Impuestos y Aduanas de Armenia

Caldas

  • Impuestos y Aduanas de Manizales

Chocó

  • Impuestos y Aduanas de Quibdó

Cauca

  • Impuestos y Aduanas de Popayán

Ojo, el nuevo plazo para estas personas quedó estipulado de esta manera. Se tienen en cuenta los últimos dos dígitos del NIT de su RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación.

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