
¿Gustavo Petro debe renunciar a la presidencia para hacer campaña por Iván Cepeda? Esto dice la ley
Le explicamos lo que indica la ley con respecto a la participación en política de funcionarios como el presidente y los caminos que podría tomar.
El clima político en Colombia se encuentra en uno de sus puntos más álgidos después de la victoria del abogado Abelardo de la Espriella el pasado domingo, 31 de mayo, donde superó a su máximo contendor, Iván Cepeda. De acuerdo con el preconteo de la Registraduría Nacional, De la Espriella obtuvo 10.361.499 votos mientras que Iván Cepeda y su fórmula vicepresidencial obtuvieron 9.688.361 votos. Ahora el abogado y el político del Pacto Histórico se medirán en una segunda vuelta el próximo 21 de junio, donde saldrá el sucesor de Gustavo Petro para el periodo constitucional 2026-2030.
Al día siguiente de las elecciones Cepeda y Abelardo calentaron la segunda vuelta al enviarse varios mensajes a través de la red social X. Cepeda solicitó un debate político y electoral, y a pesar de que De la Espriella le contestó que aceptaría siempre y cuando este espacio lo moderara la Revista Semana, el candidato progresista no aceptó.
Aún los compromisarios de las campañas no se ponen de acuerdo cuándo y dónde se daría el debate, pues cada uno tiene sus condiciones que, claramente, entran en conflicto con el otro candidato. Por otro lado, el presidente Gustavo Petro no ha sido ajeno de esta contienda y en redes sociales emitió un extenso mensaje que culminó con la polémica frase: “Vamos a dar la batalla por la Vida y la Historia libertaria se Colombia. Aquí no se rinde nadie, aquí vamos a ganar y yo mismo me pondré al frente”.
Ayer fui atacado personalmente por el candidato Abelardo y debo defenderme.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) June 1, 2026
No he robado un solo peso del erario ni cometido ningún delito. Se me promete la cárcel solo por mi posición política progresista en favor del pueblo.
Esto pasa porque el proyecto detrás de Abelardo es…
Para muchos, este mensaje fue interpretado como una evidente participación en política, algo que está prohibido por la Constitución en su artículo 127, el cual indica que: “A los empleados del Estado que se desempeñen en la Rama Judicial, en los órganos electorales, de control y de seguridad les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio”.
Por su parte, la directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, aseguró que el presidente de la República, quien representa la unidad nacional, debe ofrecer garantías para los candidatos en disputa. En ese sentido, reiteró que la única manera para que Petro pueda hacerle campaña a Iván Cepeda, de manera legal, es renunciando a la Presidencia de la República.
¿Cómo sería la renuncia de Petro?
Si bien el mandatario no ha expresado su intención de dejar el cargo como mandatario de los colombianos, si lo desea así, podría amparándose en el artículo 194 de la Constitución Política. En ese caso, podría presentar su dimisión ante el Senado de la República, según la ley quinta de 1992.
Entonces, en ese supuesto caso, asumiría la presidencia de la República la actual vicepresidente Francia Márquez, quien quedaría como mandataria encargada hasta el 7 de agosto, cuando se posesiona el nuevo presidente para el periodo constitucional 2026-2030.
La directora de la Misión de Observación Electoral, Alejandra Barrios, recordó las restricciones de los funcionarios públicos en participación política ⚖️ y exhortó a la Procuraduría General de la Nación a investigar posibles irregularidades electorales 🗳️🔍.#MOE #Política pic.twitter.com/EzEidXaHAA
— Mundo Político (@MundoPoliticoCo) May 20, 2026