Certificado electoral
Quienes participen de un proceso electoral tienen derecho a media jornada laboral libre. Imagen: Getty Images
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Medio día por votar: ¿Cómo se puede pedir y quién es beneficiario? Ley 403 de 1997 explica

La ley colombiana otorga media jornada libre para los trabajadores que hayan ejercido su derecho al voto y que lo acordaron con su empleador.

Una vez ejercieron su derecho legítimo al voto durante las jornadas electorales legislativas, millones de personas obtuvieron su certificado electoral. Este documento se los entregaron los jurados de votación que lo atendieron al llegar a su respectiva mesa, como prueba de que eligieron a su candidato favorito.

Quienes cuentan con este registro en físico pueden beneficiarse de múltiples derechos en materia de trámites, educación, entre otros. Por ejemplo, quienes van a sacar o renovar el pasaporte pueden obtener un 10% de descuento si presentan este papel. Esto mismo aplica para la expedición inicial y renovación del pasado judicial, la Libreta Militar o duplicados de la cédula.

En el caso de los estudiantes de educación superior como universidades, pueden recibir un 10% en el valor de su matrícula. Este es un beneficio que les permite contar con un alivio financiero para el pago de sus semestres académicos.

Para los trabajadores, existe un beneficio que consiste en la entrega de medio día de descanso compensatorio. Esto quiere decir que pueden solicitar un descanso correspondiente a media jornada laboral, sin que esta le signifique una afectación en su sueldo.

¿Cómo solicitar el medio día de descanso?

La Ley 403 de 1997 es la norma que señala los beneficios que tienen los sufragantes por haber asistido a las urnas. Para poder hacer efectivo este beneficio hay que tener en cuenta dos condiciones para hacerlo efectivo. En primer lugar, tiene máximo un mes para disfrutar de esta jornada, por lo cual el vencimiento de este derecho es el 8 de abril de 2026.

El ciudadano tendrá derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”, indica la ley.

Votante con su certiciado electoral. Imagen: Getty Images

Por último, hay que acordar con su empleador el día en que efectuará el derecho, ya que no puede escogerlo unilateralmente. Para pedir este día lo primero es acercarse al área de recursos humanos o directamente a donde su jefe con su certificado electoral. Acuerde con ambos la fecha en la que va a disfrutar su media jornada libre dentro del plazo legal.

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