
En aquella época, la familia responsabilizó a Invias por el estado de la carretera Plato-Bosconia en el departamento de Magdalena. Pero el tribunal afirmó: “El vehículo excedía la velocidad máxima permitida en la zona del accidente (…) el panorama probatorio permite concluir que el bache no tenía la virtualidad de causar un accidente a velocidad normal y que la víctima circulaba a una velocidad mayor a la permitida, de cuando menos 73,7Km/h, cuando el máximo permitido era de 40Km/”.
Así mismo, se agregó que la cantidad de señalización fue suficiente para informar sobre la velocidad permitida en el área y el carro sobrepasó la misma.
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@loskmorales ayer en Cúcuta territorio KALETHISHA, KMORALISTA, MORALISTA
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