
Cabe recordar que hay un sector de la población colombiana que entrará en el llamado régimen de transición, el cual implica que hombres con 950 semanas cotizadas o más y mujeres con 750 semanas cotizadas o más, se puedan pensionar bajo las mismas condiciones de la ley 100 de 1993, es decir, no los afectaría de ninguna manera la Reforma Pensional.
De otro lado, es importante recordar que los trabajadores podrán seguir cotizando semanas en sus fondos, ya sea en privado o en Colpensiones, hasta que la Corte Constitucional decida que la reforma entra en vigor. De acuerdo con lo expuesto por el presidente de Colpensiones en Tropicana, esto podría darse hasta el próximo año.
La reforma pensional contempla la creación de cuatro pilares: pilar solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro individual. El grueso de los cotizantes pasará a Colpensiones y quienes coticen por encima de 2.3 SMMLV, podrán elegir una ACCAI de su preferencia.
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¿Le faltan semanas en Colpensiones? Con estos documentos puede recuperarlas
Colpensiones dio a conocer que los trabajadores con actividades de alto riesgo pueden acceder a una ‘Pensión Especial de Vejez por Alto Riesgo’. Dentro de las labores mencionadas están:
Requisitos para aplicar a la pensión especial por vejez
Ojo, solo con Colpensiones puede acceder a la pensión especial de vejez por alto riesgo, por lo que si está en un fondo privado, podrá solicitar el traslado. “Según el Decreto Ley 2090 de 2003, los trabajadores que se dediquen a las actividades de alto riesgo y que a junio de 2003 estaban afiliados a un fondo privado deberán trasladarse a Colpensiones, sin necesidad de cumplir los 5 años mínimos de permanencia en el régimen y sin realizar la Doble Asesoría”, explicó la entidad.
Actualmente, para pensionarse por vejez en Colpensiones necesita haber cotizado 1.300 semanas y cumplir con la edad de retiro: 57 años para mujeres y 62 para hombres.
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