
Una persona puede estar en el régimen de prima media, el cual es administrado por Colpensiones o también puede estar en el régimen de ahorro individual con solidaridad, administrado por los fondos privados de pensiones. No obstante, cuando se adquiere el derecho a pensión, es importante conocer cuáles son los casos en los que podría llegar a perderse por determinada situación.
En Colpensiones, para acceder a la pensión de vejez primero debe cumplir con los requisitos legales de edad y semanas cotizadas. Luego hacer la solicitud adjuntando los siguientes documentos:
Si la respuesta es positiva, Colpensiones entrará a liquidar la pensión junto con sus mesadas y en dado caso que exista el retroactivo, lo pagará. En caso de una negativa, si la persona no está de acuerdo, podrá presentar una demanda ante un juez laboral.
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La pensión se puede perder o suspender en diversos escenarios. De acuerdo con la ley, en el caso de la pensión de vejez, esta se puede perder cuando fallece el pensionado y este no tiene cónyuge, hijos menores de 25 años que estén estudiando o padres que dependan económicamente de él. Es decir, que no tenga beneficiarios.
En el caso de la pensión de invalidez, esta se puede perder cuando hay recuperación total o parcial de la capacidad laboral. Es decir, si se determina que su capacidad laboral no se pierde en un 50%. También es posible perderla si existe algún tipo de fraude en la información. Además, si el pensionado fallece y no se cumplen los requisitos cuando se da la transición a la pensión de vejez.
También se puede perder o suspender la pensión cuando se niega a realizarse los exámenes médicos o tratamientos citados por la entidad.
De otro lado, en el caso de la pensión de sobrevivientes, esta se puede perder cuando los beneficiarios no cumplen con los requisitos legales. Por ejemplo: los hijos menores de 25 años dejan de estudiar o culminan sus estudios antes de esa edad. Recordemos que, en el caso de los cónyuges, deben demostrar que hubo convivencia durante los últimos dos años antes del fallecimiento del pensionado y en caso de contraer un nuevo matrimonio, esto no afectará el derecho a la pensión.
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