
Básicamente, el llamado régimen de transición es el que permite a los trabajadores y cotizantes del sistema general de pensiones, pensionarse bajo las condiciones de la ley 100 de 1993, marco normativo que creó los dos regímenes que funcionan hasta ahora: el régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) y el régimen de prima media (RPM), administrado por Colpensiones.
Cabe destacar que, con la aprobación de la reforma pensional, estos dos regímenes se transforman en un sistema de pilares, el cual se compone por: Pilar Solidario, Pilar Semicontributivo, Pilar Contributivo y el Pilar de Ahorro Voluntario. En el pilar contributivo, las cotizaciones ingresarán a Colpensiones hasta 2.3 salarios mínimos. Lo restante, podrá ser cotizado a una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual que, hasta ahora, funcionaban como AFP en el RAIS.
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Muchos colombianos se preguntan cómo quedar exonerados de la reforma pensional, es decir, que no les aplique. La respuesta es que deben estar en el régimen de transición, el cual aplica para mujeres con 750 o más semanas cotizadas y para hombres con 900 o más semanas cotizadas en alguno de los dos regímenes. Estas semanas se deben tener antes de que la reforma entre en vigor.
En Tropicana, el cazador de mitos y el presidente de Asofondos, Andrés Velasco, despejaron esta duda de los oyentes.
“La buena noticia es que se pueden acumular semanas hasta que la Corte Constitucional decida que la Reforma entra en vigor, y eso todavía no ha pasado y probablemente no va a pasar este año. Hace unas semanas la Corte se reunió y en su estudio sobre la constitucionalidad de la reforma quedó empatada, 4 a 4. Nombraron un conjuez, un magistrado para completar la sala plena para tener 9 votos y esto se resolverá muy probablemente el otro año”, comentó Velasco.