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Motos: ¿Cómo impugnar un comparendo que no fue notificado? Le explicamos

Si no le notifican un comparendo e igual aparece en el SIMIT, usted lo puede impugnar. Le contamos cómo hacerlo.

jcarreno
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Cada vez que a una persona comete una infracción de tránsito y es sorprendida por un agente o por una cámara de foto detección, puede ser objeto de un comparendo económico. Se trata de una orden que expide la autoridad para que el ciudadano comparezca y se haga la respectiva compensación de la infracción. La gran mayoría de las multas se pueden reducir a la mitad, siempre y cuando se realice un curso dentro de los primeros 5 días hábiles después de la notificación del comparendo. Cabe recordar que, de acuerdo con la ley 1843 de 2017, la única dirección para notificar comparendos es la registrada por el ciudadano en el RUNT, la cual debe ser actualizada por él en caso de cambio.

Por ejemplo, cuando un conductor comete una infracción de tránsito, puede ser notificado de diferentes maneras:

  • Personal: cuando el agente de tránsito le indica su infracción y le entrega el comparendo.
  • Electrónica: cuando una cámara de fotomulta detecta la infracción, envía las imágenes a la Central de Procesamiento para su respectiva validación por parte del personal de la autoridad de Tránsito. Luego se notifica por correspondencia física a la dirección registrada en el RUNT.
  • Como forma opcional, también está la notificación vía correo electrónico, especialmente si este se encuentra registrado en el RUNT.

Cabe recordar las multas o comparendos tienen unos límites de tiempo para ser notificados. Según Movilidad Bogotá, “Se debe realizar una validación del comparendo, para lo cual la autoridad cuenta con diez días. Posterior a la validación se cuenta con 3 días hábiles para notificar al ciudadano. El ciudadano cuenta con 11 días para comparecer, la comparecencia puede ser física o virtual. ( El organismo de tránsito debe tener en su página web el mecanismo para la comparecencia electrónica)”.

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¿Qué pasa cuando un comparendo no es notificado?

 

Todos los comparendos de un vehículo se encuentran en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito, sin embargo, si usted tiene uno registrado y no le fue notificado o le fue notificado indebidamente, usted tiene herramientas legales como la impugnación.

Según la Ventanilla Única de Servicios, para hacer este trámite debe seguir los siguientes pasos:

  • Ingrese a www.ventanillamovilidad.com.co o www.movilidadbogota.com.co
  • Haga clic en el botón Agenda tu cita ubicado en el banner principal.
  • Dé clic en Trámites – Inicia aquí.
  • Elija la opción Actores viales.
  • Seleccione el trámite Impugnación de comparendos y dé clic en Iniciar.
  • Lee atentamente y da clic en Continuar.
  • Diligencie el formulario. Recuerde que la información suministrada deberá ser veraz, completa, exacta, actualizada, correcta y comprobable, a fin de asegurar tu atención. Ley 1581 de 2012 Art. 4
  • El sistema realizará validaciones automáticas, si cumple con las condiciones se activará el botón verde Siguiente.
  • De lo contrario revise la columna detalle y corrija las observaciones.
  • Seleccione el punto de atención dispuesto por la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Elija la fecha.
  • Seleccione la hora de su preferencia.
  • Verifique los datos personales y dé clic en Confirmar.
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