Pico y placa

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Pico y placa en Bogotá; así funcionará la medida vehícular del 5 al 11 de mayo de 2025

Conozca los turnos de rotación para los vehículos particulares que no podrán circular durante la semana, según su número de placa.

jriano
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Cada semana opera con normalidad el pico y placa, la medida de restricción vehicular que impide la movilidad de ciertos vehículos durante un horario específico. Desde las 6:00 a. m. hasta las 9:00 p. m., ciertos automotores tienen prohibida su circulación en este periodo de tiempo. La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) definió estos turnos en su calendario.

Dicha restricción funciona los días entre semana, de lunes a viernes, y en los días festivos y sábados queda suspendida. Esto permite que los miles de conductores puedan circular sin problema, en los últimos días de cada semana.

Pico y placa en Bogotá del 5 al 11 de mayo

  • Lunes 5 de mayo: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes 6 de mayo: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles 7 de mayo: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves 8 de mayo: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 9 de mayo: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.

Los días sábado 10 y domingo 11 de mayo no aplica la medida dentro dde la ciudad, por lo que todos los conductores pueden circular libremente por la ciudad, sin consecuencias. Tenga en cuenta que si usted viola esta medida vehicular, tendrá que pagar una multa, y su vehículo será inmovilizado.

Infringir con el pico y placa está tipificado como la infracción C.14 en el Código Nacional de Tránsito que rige en las diferentes carreteras del país. Su respectiva sanción económica corresponde a 15 salarios mínimos diarios legales vigentes y la retención de su vehículo por parte de las autoridades de tránsito. Esto quiere decir que los infractores deberán pagar una multa de $711.750 pesos colombianos, más los gastos de grúa y patios que esto conlleva.  

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Vehículos exentos del pico y placa

  • Vehículos eléctricos e híbridos.
  • Vehículos de servicio diplomático o consular.
  • Vehículos de emergencia.
  • Vehículos de organismos de seguridad del Estado.
  • Vehículos de transporte escolar.
  • Vehículos de autoridades judiciales.
  • Vehículos de medios de comunicación.
  • Vehículos utilizados para el transporte de personas con discapacidad.
  • Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
  • Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.
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