
De acuerdo con la ley, para que esta causal sea efectiva y se busque cierta reparación, se debe demostrar ante un juez que podrá dirimir la disolución de la unión marital y además una compensación económica en favor de la víctima o alimentos.
Dicha infidelidad se puede probar por medio de fotos, videos, audios, testigos y otros medios. Incluso se han presentado casos en que una cónyuge haya quedado embarazada en una relación extramatrimonial, o que el cónyuge culpable haya tenido un hijo por fuera del matrimonio. Esto constituiría una prueba fehaciente de la culpabilidad.
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Si bien un juez puede diluir un matrimonio por las causales anteriormente expuestas, y también puede ordenar un pago de alimentos a la víctima por parte del cónyuge infiel, debe quedar claro que el infiel no pierde automáticamente sus derechos o cuotas gananciales en la sociedad conyugal.
Aunque el cónyuge infiel tiene aun el 50% del derecho sobre los bienes de la sociedad conyugal, es decir, aquellos bienes que se adquirieron cuando se estableció el matrimonio, sí podría haber una afectación en términos de repartición en caso de que se demuestre que hubo un daño económico al patrimonio. Pero esto también requiere probarse ante un juez para que se tome una decisión en derecho.
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