Tramites prohibidos cc digital

Imagen: Getty Images - Registraduría

Tenga en cuenta; estas son las diligencias que NO se pueden hacer con la cédula digital

Este documento digital tomó vigencia desde el 1 de septiembre de 2022, contando como una forma de identificación válida en el país.

jriano
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En Colombia hay varios documentos de identidad que tienen diferentes fines y con los que se pueden realizar diversas diligencias, según sea su necesidad. En 2022, la Registraduría Nacional del Estado Civil comenzó con la expedición de la cédula digital, identificación válida en el territorio nacional, y en algunos países de Latinoamérica.

Este nuevo formato nació como una iniciativa de modernizar los sistemas de identificación y mejorar el acceso a otros servicios, a través del uso de nuevas tecnologías. La cédula tanto física como alternativa es un documento obligatorio que se expide a aquellos ciudadanos nacionales que cumplieron la mayoría de edad, es decir, 18 años.

La primera vez que se solicita este documento se puede reclamar de forma gratuita, mientras que el duplicado tiene un costo de $72.450, según la Registraduría. Vale mencionar que algunos grupos poblacionales pueden solicitar un nuevo documento de forma gratuita.

¿Cuáles diligencias no se pueden hacer con la cédula digital?

Aunque con la digital permite algunas diligencias o licencias dentro del territorio nacional, también tiene sus limitaciones. Algunas entidades tanto públicas como privadas exigen que el usuario tenga en su poder la cédula en físico para hacer algunos trámites, como protocolo tradicional. Adicionalmente, esto busca comprobar la identidad de la persona para evitar fraudes o suplantación de identidad.

Un ejemplo de esto es en bancos o instituciones financieras que solicitan la cédula en físico para el trámite de productos financieros o créditos. Otro caso práctico es en el caso de diligencias notariales como firma de escrituras, sucesiones, matrimonios, legalización de documentos, entre otros.

Adicionalmente, vale recordar que la cédula digital no se admite como identificación en el exterior, excepto ocho países de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y al Mercosur. Estas naciones son Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia, Chile, Ecuador y Perú.

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¿Quiénes pueden sacar GRATIS el duplicado de la cédula digital?

  • Personas en el grupo A del Sisbén IV: Aquella población clasificada en el grupo A (pobreza extrema) pueden realizar este trámite sin costo. La entidad gubernamental verifica si el solicitante cumple con las condiciones, por medio del sistema de datos de Sisbénweb.
  • Víctimas del conflicto armado y desplazados: Dicho grupo que esté inscrito en el Registro Único de Víctimas (RUV). La verificación se gestiona en el portal Víctimasweb.
  • Integrantes de pueblos indígenas: Ciudadanos pertenecientes a comunidades indígenas reconocidas.
  • Personas desmovilizadas o en proceso de reincorporación: Este grupo debe aportar la documentación oficial expedida por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, o el CODA.
  • Personas LGBTI en condición de vulnerabilidad: Estas personas pueden quedar exonerados, con una certificación emitida por la alcaldía o personería del municipio de residencia.

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  • Personas con discapacidad en situación de pobreza: Aquel grupo tiene que portar un documento o autorización oficial de la alcaldía, o personería que acredite la discapacidad o la situación económica.
  • Habitantes de calle: Tienen que contar con una certificación de su situación expedida por la entidad territorial correspondiente (Alcaldía distrital o municipal).
  • Víctimas de catástrofes naturales: Dicho grupo debe presentar una constancia expedida por la alcaldía, gobernación o personería que certifique su afectación por la catástrofe natural.
  • Repatriados en condición de vulnerabilidad: Estas personas pueden acceder a la exoneración, al entregar una certificación oficial que emite la entidad local respectiva, que confirme la condición de repatriado y la necesidad de asistencia.
  • Personas privadas de la libertad: Aplica para esta población que cumple su condena dentro de cárceles, penitenciarías o centros de reclusión para menores. Necesitan la certificación del director del centro.
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