La pérdida de un ser querido no solo implica un duro proceso de emocional, sino también una serie de gastos económicos relacionados con el ataúd, el traslado del cuerpo, la velación, la cremación, etc. Gastos que ninguna familia quisiera asumir porque la realidad es que es en lo último en lo que se quiere pensar durante el duelo.
Además, para muchas familias, asumir estos costos resulta difícil, especialmente cuando no se cuenta con un seguro exequial o ahorros previos.
Ante este panorama, dentro de las leyes colombianas se contempla un apoyo económico denominado auxilio funerario, una prestación administrada por Colpensiones que busca aliviar la carga financiera de quienes asumieron los gastos del sepelio. Aquí le contamos cómo funcionará durante este 2026.
Se trata de una ayuda monetaria dirigida a la persona que demuestre haber pagado los gastos funerarios de un pensionado o afiliado activo de Colpensiones que haya fallecido recientemente. Vale aclarar que este auxilio no está limitado únicamente a familiares directos, sino a quien haya asumido los costos.
De acuerdo con el artículo 56 de la reforma pensional, el valor del auxilio corresponde al último salario base de cotización o a la última mesada pensional, según el caso. No obstante, se establecen límites claros: el auxilio funerario no puede ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) salarios mínimos.
Es decir que con el salario mínimo fijado para 2026 en $1.750.905, los valores del auxilio funerario quedan así:
Monto mínimo (5 SMLV): $8.754.525
Monto máximo (10 SMLV): $17.509.050
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Para hacer el trámite ante Colpensiones, se deben presentar los siguientes documentos:
– Documento de identificación original del solicitante.
– Registro civil de defunción del afiliado o pensionado (expedido máximo hace 3 meses).
– Factura de los gastos funerarios con sello de cancelado, donde se indique quién realizó el pago y los servicios restados.
– Certificación del centro o empresa que prestó el servicio fúnebre.
– Contrato preexequial, si existe.
– Carta de autorización de los herederos, si el cobro lo realiza una sola persona.
– Certificación bancaria para consignación del dinero.
– Si el trámite lo hace un tercero autorizado: carta de autorización y copias de las cédulas del autorizado y del otorgante.
Una vez radicada la solicitud con todos los documentos, Colpensiones tarda aproximadamente dos meses en verificar la información y realizar el desembolso del auxilio funerario.
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