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Casos en los que NO le pueden embargar una cuenta bancaria en Colombia 2026

Le contamos las situaciones en las que la ley le permite mantener su dinero sin riesgo de que se lo confisquen.

Las cuentas bancarias son productos financieros que pueden ser bastante valiosos y útiles si se usan de la mejor manera. Con el dinero ahorrado que se acumule con el paso de meses o años es posible tener un capital importante para designarlo a distintos propósitos. Compra de vivienda, iniciar negocios, crear empresa, entre otros.

Tener un correcto manejo de la cuenta mediante transferencias o compras es clave para tener un buen historial crediticio o acceder a oportunidades financieras. Algunnos ejemplos de ello son las tarjetas de crédito o préstamos que ayudan a apalancar la adquisición de un bien u otra compra.

Cumplir con los pagos de sus deudas y compromisos son fundamentales para que no tenga problemas a futuro por cuenta de demandas o decisiones de jueces. Tanto autoridades financieras como civiles o administrativas llegan a indagar este tipo de información.

¿En qué casos no se puede embargar una cuenta bancaria?

En Colombia existen medidas que protegen legalmente a ciertas cuentas de ahorro para que no sean embargadas o congeladas. La circular 0058 de 2025 de la Superintendencia Financiera establece los límites de inembargabilidad en las cuentas de ahorro que se abran en el país, el cual quedó en $55.099.308.

Este término hace referencia a los montos protegidos por la ley de embargos judiciales o administrativos, por lo que no serían afectadas. Este límite tiene vigencia desde el 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026.

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Otro caso en el cual no se puede embargar una cuenta bancaria tiene que ver con el salario de un trabajador, que puede ser confiscado debido a deudas alimentarias u obligaciones con cooperativas. Como lo indica el Código Sustantivo del Trabajo, aquellas personas que ganen el salario mínimo no se les puede decomisar su sueldo.

Entretanto, quienes ganen más al sueldo básico, que en 2026 quedó en $1.750.905 sin subsidio de transporte, pueden quitárseles hasta una quinta parte del dinero que reciban mensualmente. Por ejemplo, si una persona gana $3.500.000, su monto embargable es de $350.000.

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