¿Cómo saber si tengo derecho al bono pensional Colpensiones? 5 aspectos clave explicados
Con el dinero de estos recursos puede aumentar el capital en su cuenta de ahorro individual, con el cual financiar su pensión.
Los bonos pensionales corresponde a los aportes cuyo objetivo es contribuir a la conformación de un monto específico de dinero suficiente para financiar las pensiones de los ciudadanos afiliados al Sistema General de Pensiones. Con estos recursos se busca apoyar las jubilaciones correspondientes a vejez, invalidez o sobrevivencia.
Estos documentos se clasifican de la siguiente manera, según explicó el Ministerio de Hacienda:
- Bonos pensionales expedidos por la Nación.
- Bonos pensionales expedidos por las entidades del sector público que no sean sustituidas por el
- fondo de pensiones públicas del nivel nacional.
- Bonos pensionales expedidos por empresas privadas, o por cajas pensionales del sector privado que tenían exclusivamente a su cargo el reconocimiento y pago de pensiones.
Este título valor se otorga a aquellas personas que tengan mínimo 150 semanas cotizadas en Colpensiones, cajas o fondos del sector público. Dicho de otra manera, hace parte de una compensación destinada a trabajadores que cotizaron entre 500 y 1300 semanas que no lograron su jubilación por edad. Pese a que no corresponde a una pensión completa, este monto reconoce los aportes realizados por los trabajadores.
Para hacer efectivo este dinero es clave tener la historia laboral completa que contenga los datos correspondientes al afiliado. En este documento quedan consignados tiempos laborados, empresa en la que trabajó una persona, entre otra información.
¿Quiénes tienen derecho al bono pensional?
De acuerdo con la ley existen cinco tipos de bonos que se distinguen dependiendo del trabajador, el sector en el que trabajó, entre otros. Las características de cada tipo y su diferenciación de las demás son:
- Bonos Tipo A: Se expiden a aquellas personas que se trasladen al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, reglamentados por los Decretos 1299 de 1994, 1748 de 1995 y 3798 de 2003.
- Bonos Tipo B: Se expiden a servidores públicos que se trasladen al ISS en o después de la fecha de entrada en vigencia del Sistema General de Pensiones, reglamentados por los Decretos 1314 de 1994, 1748 de 1995 y 3798 de 2003.
- Bonos Tipo C: Se expiden a favor del Fondo de Previsión del Congreso, por las personas que se trasladen o se hayan afiliado al fondo con posterioridad al 31 de marzo de 1994, reglamentados por Decreto 816 del 2002.
- Bonos Tipo E: Se expiden a favor de ECOPETROL, por las personas que se trasladen o se hayan trasladado a ECOPETROL con posterioridad al 31 de marzo de 1994, reglamentados por Decreto 876 de 1998.
- Bonos Tipo T: son los Bonos que recibe COLPENSIONES por los servidores públicos que le
cotizaban al ISS hoy en día COLPENSIONES y cuyo objetivo es cubrir el diferencial existente entre
las condiciones previstas en los regímenes legales aplicables a los servidores públicos antes de la
entrada en Vigencia el Sistema General de Pensiones y el Régimen previsto para los afiliados al ISS hoy COLPENSIONES.
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¿Cómo se determina el valor del bono pensional?
El monto de este título se calcula dependiendo de la cantidad de semanas cotizadas y el promedio salarial sobre el cual se hicieron los aportes mensuales. A medida que el usuario tenga más semanas cotizadas y su valor de los aportes sea mayor, este bono será de un monto mayor.