Cuentas de ahorro: ¿Cuál es su tope de inembargabilidad? Límite definido por encima de $55 millones
Como lo señala la ley, el beneficio de inembargabilidad aplica únicamente para las personas naturales que sean titulares de cuentas de bancos.
Uno de los productos financieros más utilizados en Colombia y cientos de paises son las cuentas de ahorro. Por medio de estos depósitos, los usuarios pueden guardar su dinero y utilizarlo para transferir y recibir dinero mediante consignaciones físicas o el uso de canales digitales. En la actualidad, millones de personas pueden recurrir a Bre-B el sistema electrónico de pagos con el que el dinero llega en cuestión de segundos.
Desde hace varios años, la Superintendencia Financiera de Colombia ha tomado medidas con respecto a los límites de dinero que están protegidos por la ley. Dichos montos reciben como nombre el tope de inembargabilidad, el cual hace referencia a cantidades de dinero que no pueden ser retenidas por un juez mediante una orden de embargo. Esta medida se estableció precisamente para proteger el patrimonio personal o familiar.
La medida no solo aplica para las personas que son titulares de cuentas de ahorro de bancos, sino que también cobija a billeteras digitales como Nequi o Daviplata. Dado a su gran auge y amplio uso en el país, estas plataformas integran también dicho límite financiero que sirve de referencia para muchas personas.
¿Cuál es el tope inembargable para las cuentas de ahorro?
A principios de octubre de 2025, la Superfinanciera expidió la circular 0058 en la que señala el límite que rige en 2026. El tope que aplica para depósitos oficiales de bajo monto tanto en cuentas de banco como en billeteras digitales quedó en $55.099.308 pesos.
“El de inembargabilidad de las sumas depositadas en la sección de ahorros y en depósitos a los que se refiere el artículo 2.1.15.1.1. del Decreto 2555 de 2010, hasta cincuenta y cinco millones noventa y nueve mil trescientos ocho pesos ($55,099,308) moneda corriente”, menciona la norma.
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La suma mencionada cubre a las cuentas de ahorro de bancos como Bancolombia, Davivienda, Banco de Bogotá, Banco Falabella, entre otras instituciones financieras. Cabe decir que el beneficio de inembargabilidad funciona únicamente para quienes son personas naturales, por lo que personas jurídicas no aplican. La vigencia del tope reseñado va hasta el 30 de septiembre de 2026, ya que posteriormente se actualizará el siguiente límite.
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