
¿De cuánto es el sueldo de un alcalde en Colombia? Rango salarial, según función pública
El decreto 620 de 2025 establece los topes correspondientes a la remuneración salarial de alcaldes, gobernadores y empleados públicos.
Cargos de la vida pública y política como alcaldes, gobernadores y funcionarios públicos tienen que realizar funciones de administración pública. Manejo de presupuesto, asignación de órdenes para entidades territoriales, atención de emergencias, cumplimiento de leyes son algunas de las tareas que tienen estas personas.
Tanto sus labores como su sueldo y otros aspectos están ligados a decretos y leyes oficiales que expide la Presidencia de Colombia. Cabe mencionar que este proceso electoral corresponde a la jornada en la que se eligen alcaldes, gobernadores, concejales, diputados a las asambleas departamentales y ediles de las juntas administradoras locales.
En la actualidad rige el periodo de mandato de 2024 a 2027, que tiene que ver con la administración de Carlos Fernando Galán en Bogotá, Federico Gutiérrez en Medellín, Alejandro Char en Barranquilla, etc. Una de las dudas que muchas personas se hacen tras votar por un candidato en las elecciones de Autoridades Locales es acerca del salario mensual que reciben estas personas.
¿Cuánto gana un alcalde mensualmente en Colombia?
A principios de junio de 2025 se expidió el decreto 620 de 2025, documento en el cual se establecen los límites salariales para estos funcionarios. Esta reglamentación indica un ajuste del 7% en el ingreso mensual para cada servidor público, el cual es retroactivo. Dentro de este aumento se tuvo en cuenta el incremento porcentual del IPC y con base en este indicador se estableció el porcentaje de aumento.
El ingreso mensual de los alcaldes en Colombia varía dependiendo de la categoría en la que están segmentados. La Ley 136 de 1994 señala que la categoría especial corresponde a las poblaciones iguales o superiores a 500.001 habitantes y que tengan ingresos corrientes de libre destinación anuales superiores a 400.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes. En segundo lugar, la primera categoría es para territorios cuya población está entre 100.001 y 500.000 residentes.
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Segunda categoría comprende municipios de 50.001 a 100.000 ciudadanos, la tercera es para el rango de 30.001 hasta 50.000 pobladores. Más adelante sigue la cuarta categoría que es para pueblos con población entre 20.001 y 30.000 habitantes, la quinta categoría comprende de 10.001 a 20.000 habitantes y la sexta es para territorios que tienen una población igual o inferior a 10.000 habitantes. Los topes salariales para los alcaldes según el último decreto relacionado a este asunto son los siguientes:
- Categoría especial: $25.504.632.
- Primera: $21.610.381.
- Segunda: $15.620.461.
- Tercera: $12.530.100.
- Cuarta: $10.481.953.
- Quinta: $8.442.011.
- Sexta: $6.378.254.