Estas donaciones que podrían generar descuentos de hasta el 37% en la declaración de renta
Los donantes de la reciente tragedia que azotó al país podrían recibir beneficios tributarios. Un experto explica qué tipo de donaciones y cómo aplicarlas a la declaración.
El terremoto del pasado lunes, 10 de agosto, en Colombia generó efectos realmente devastadores para el país, principalmente en regiones como el Eje Cafetero y departamentos como el Valle del Cauca y Chocó.
De acuerdo con la Unidad Nacional de Gestión de Riesgo, 331 personas murieron, 4.449 personas resultaron heridas, más de 33 mil viviendas resultaron destruidas y más de 187 mil viviendas resultaron averiadas. Esta situación motivó una impresionante movilización para realizar donaciones con el objetivo de ayudar a los centenares de miles de damnificados que dejó el movimiento telúrico.
Toneladas de alimentos, de kits de aseo y frazadas, además de dinero, se reunieron con el objetivo de atender las necesidades de la población. Sin embargo, más allá de la solidaridad mostrada por los ciudadanos y por las empresas que hicieron sus donaciones, es importante mencionar que el donar también trae muchos beneficios, especialmente tributarios.
De acuerdo con Germán Torres, especialista de tributación en Siigo y Actualícese, hay unas donaciones específicas que pueden ser objeto de beneficio fiscal, principalmente en el pago del impuesto sobre la renta.
“Para poder acceder a un descuento en el impuesto sobre la renta la donación debe cumplir con las condiciones establecidas en la legislación y estar dirigida a un beneficiario legalmente habilitado. Cualquier persona o empresa puede donar, pero hay que mirar si esta donación tiene beneficios tributarios o no”, explicó Torres en entrevista con Noticias Caracol.
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¿Cuáles son las donaciones que tienen beneficios fiscales?
El artículo 257 del Estatuto Tributario habla expresamente sobre el descuento del 25% del valor admitido fiscalmente de la donación, y que aplica sobre el impuesto sobre la renta. Estas son donaciones hechas a entidades Sin Ánimo de Lucro que pertenecen al Régimen Tributario Especial o a las entidades no contribuyentes como iglesias o Cruz Roja, podrían entrar.
“Hay determinadas donaciones como los alimentos aptos para consumo humano y bienes de higiene y aseo que pueden acceder al descuento de hasta el 37% siempre que se realicen a beneficiarios expresamente contemplados en la norma como los Bancos de Alimentos”, explicó el experto.
Finalmente, es importante recordar que las donaciones que pueden ser objeto en el descuento de renta deben tener su respectivo soporte o documento que conste que la entidad receptora efectivamente la recibió. Además, las donaciones hechas en este 2026 entrarían en la declaración del próximo año.