
¿Se puede retirar la pensión obligatoria antes de tiempo por desempleo? Colpensiones explica
Le contamos lo que explica Colpensiones sobre los requisitos para una pensión y si es posible obtenerla antes de tiempo por desempleo.
En Colombia la persona que se pensiona por vejez debe cumplir con los requisitos de edad y de semanas cotizadas. En Colpensiones la edad de pensión es de 57 años para las mujeres y de 62 para los hombres. En el caso de los hombres, se requieren mínimo 1.300 semanas cotizadas, mientras que en el caso de las mujeres se requieren 1.250 en 2026, sin embargo, cada año irá disminuyendo esa cifra hasta que en 2036 solo se requieran mil semanas para acceder a la pensión.
Sin embargo, es importante recordar que cuando se cumplen los requisitos para acceder a una pensión de vejez por Colpensiones, es necesario aportar los siguientes documentos:
- Documento de identidad del afiliado.
- Formato Solicitud Prestaciones Económicas.
- Formato Información EPS.
- Formato Declaración de No Pensión.
- Para la solicitud de pensión de vejez tiempos privados por radicación electrónica, será obligatoria la autorización notificación por correo electrónico.
Después de la radicación de documentos y solicitud formal, Colpensiones tendrá un máximo de cuatro meses para resolver y responder a la solicitud de pensión de vejez. Si la respuesta es negativa o no se encuentra de acuerdo con el monto asignado, podrá presentar un recurso o apelación durante los 10 días hábiles siguientes al rechazo de la solicitud.
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¿Se puede retirar la pensión obligatoria antes de tiempo por desempleo?
En este caso, no es posible solicitar el retiro de la pensión antes de tiempo por desempleo. El cumplimiento de las semanas de cotización y la edad es estricto, lo que puede hacer es, si cumple con la edad y no reúne las semanas requeridas, puede solicitar la indemnización sustitutiva de aportes.
Para este caso, puede acudir a cualquier punto de atención de Colpensiones con su documento de identidad y solicitar el formulario requerido para este trámite que es el de Prestaciones Económicas no pensión, indemnización. También puede validar su procede a estar en el programa de Beneficios Económicos Periódicos, mediante el cual el monto de la devolución que tiene, podría recibir un beneficio económico vitalicio.