
Si tiene estas semanas cotizadas podría pensionarse con el 80%: Cálculo explicado Colpensiones
El 80% es la tasa máxima de reemplazo del IBL con la que se puede pensionar por vejez un ciudadano. Le contamos cómo es el cálculo.
En Colombia a los pensionados se les calcula su mesada pensional mediante el Ingreso Base de Liquidación, el cual se calcula obteniendo el promedio actualizado de los salarios sobre los que cotizó. Ya sea los últimos 10 años cotizados o el promedio de toda su vida laboral. Según la ley, se elige el que más le favorezca.
Cabe recordar que en Colpensiones para acceder a una pensión de vejes, los ciudadanos deben cumplir con dos condiciones: edad de retiro y semanas cotizadas. Para las mujeres, la edad es de 57 años y 1.250 semanas cotizadas. En el caso de los hombres, la edad es 62 años más 1.300 semanas cotizadas.
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¿Cómo obtener el 80% de cotización del IBL?
En ese orden de ideas, para calcular la mesada pensional, se debe tener en cuenta las semanas y su IBL. Entonces, el rango de liquidación sobre el IBL va desde el 55.5% hasta el 80%.
Por otro lado, la ley explica, además, que después de cumplir con las semanas cotizadas requeridas, por cada 50 semanas extras cotizadas, la tasa de reemplazo sube un 1.5, siendo el límite el 80% del IBL.
En Colpensiones actualmente un simulador en el que, llenando los datos, la plataforma podría calcular un valor aproximado a la mesada pensional, sin embargo, también hay que dar claridad en que “la única forma de calcular de forma exacta el valor de la mesada pensional es a través del análisis y estudio de cada caso particular”.
En ese orden de ideas, el poder alcanzar el 80% requiere que haya un monto considerable de semanas cotizadas por encima de las requeridas dependiendo de la tasa de reemplazo que se ajusta según el salario cotizado.
De acuerdo con Barona Llanos Abogados Consultores, si una persona tiene cotizadas 1.300 semanas con un IBL de $5 millones, es probable que su tasa de reemplazo empiece en el 62% aproximadamente. Esto quiere decir que para alcanzar el 80% de tasa de reemplazo, es necesario que la persona haya cotizado de 1850 a 1900 semanas.