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¿A qué edad los padres pueden sacar a sus hijos de la casa en Colombia? Esto dice la ley

Le contamos cuáles son las condiciones en las que los padres pueden sacar a sus hijos de su casa

jcarreno
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Hijo adultos con padres
En Colombia la mayoría de edad se cumple a los 18 años, edad en la que se adquieren ciertos derechos y responsabilidades como el voto, ingreso a establecimientos nocturnos, expedición de la cédula de ciudadanía y definición de la situación militar para los hombres, entre otros. No obstante, también es una edad en la que muchos deciden obtener su independencia y salir de la casa de sus padres.

De acuerdo con un estudio publicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), cerca del 40% de los jóvenes entre 20 y 29 años en Colombia continúan viviendo con sus padres. Esto básicamente obedece a factores económicos como los altos precios de las viviendas, los altos precios de los arriendos y la inestabilidad o desempleo juvenil.

Según el informe de la OCDE, otros de los factores a tener en cuenta es que la inflación luego de la pandemia y la inestabilidad laboral hicieron que los adultos regresaran a vivir con sus padres, esto a sumado a otras problemáticas como los jóvenes que ni estudian ni trabajan. De acuerdo con La República, el porcentaje de colombianos en esta situación asciende al 25% en edades entre los 15 y 29 años.

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¿En qué condiciones pueden los padres sacar a sus hijos de la casa?

 

La ley 1098 de 2006 establece en Colombia el Código de Infancia y Adolescencia, el cual a su vez indica que los padres o representantes legales deben garantizar la manutención de un hijo hasta los 18 años, sin embargo, esto se puede extender hasta los 25 años siempre y cuando el hijo esté estudiando y no pueda subsistir por sus propios medios. Dicha edad también aplica para la llamada cuota alimentaria.

Vale la pena aclarar que legalmente “no existe” una edad específica en la que los padres puedan sacar a sus hijos de la casa, sin embargo, una vez culminada la etapa de los 18 años o los 25 años para los que están estudiando, si los progenitores no desean seguir compartiendo el inmueble con sus hijos adultos, pueden solicitarles que abandonen la vivienda. Si el hijo adulto se opone a esto, los padres podrán presentar una acción ante la justicia de desalojo o restitución del inmueble, según el código 384 del Código  General del Proceso.

El abogado Abel Cupajita Rueda, socio y director de Sescol Tax & Legal Abogados y Consultores, explicó que este procedimiento es legal ya que el hijo no tiene derecho legal de permanencia en el inmueble. En caso de que la permanencia de este represente un peligro para sus padres, ellos podrán demostrar ante un juez que la presencia de su hijo es “perjudicial, indebida o no está justificada por un contrato u obligación legal vigente”.

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