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Alcaldía de Cali asignará 520 subsidios de mejoramiento de vivienda; ¿Cómo aplicar?
Conozca cómo aplicar a este programa de apoyo social para remodelar y fortalecer su hogar. Consulte paso a paso, requisitos y más detalles.
La
Secretaria de Vivienda Social y Habitat de Cali abrió la convocatoria
‘Mi Casa Bella’, por el subsidio de mejoramiento de vivienda. Este programa de apoyo consiste en la entrega de recursos económicos para remodelar y arreglar espacios de los
hogares que necesitan mantenimiento.
Con este dinero se puede mejorar las condiciones básicas de espacios como baños, cocinas, pisos, cubiertas y /o adecuación de otros espacios. Esta campaña está dirigida a “hogares de 7 comunas (1, 6, 8, 14, 15, 18 y 21) de Santiago de Cali”, según indica la Alcaldía.
En la resolución No. 4244.0.9.10.103, explican que la convocatoria asignará 520 subsidios de mejoramiento de vivienda, y el monto será establecido “de acuerdo a la disponibilidad presupuestal”. Esta oportunidad está disponible desde el 29 de mayo hasta el 31 de mayo a las 11:59 p.m. La convocatoria se realizará de manera virtual, en la que los postulantes subirán datos e información relacionada con documentos y otros requisitos. Para inscribirse y participar por este subsidio, dé clic en este enlace.
Requisitos
- Documentos de identidad de todos los integrantes del grupo familiar.
- Copia del recibo predial de 2025 actualizado.
- Copia de una factura de servicios públicos domiciliarios de 2025.
- Certificado de libertad y tradición inferior a 30 días o protocolización mayor a 5 años.
- Certificado de vecindad que acredite residencia en Cali de por lo menos de 5 años.
- Certificado de condición especial (si aplica).
Condiciones para recibir el subsidio
- Conformar o hacer parte de un hogar (incluye unipersonal).
- Residir en Cali desde hace mínimo 5 años.
- Los ingresos mensuales del hogar no pueden superar los cuatro Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes.
- El valor de la vivienda no puede superar el tope establecido por el Gobierno Nacional para Cali 150 SMMLV.
- La vivienda no puede estar ubicada en una zona de alto riesgo, zonas de protección ambiental o no legalizadas.
- El postulante debe ser propietario o poseedor de una vivienda en Cali en la zona urbana.
- Ninguno de los miembros debe ser propietario o poseedor de otra vivienda.
- No haber recibido un Subsidio Distrital anteriormente ni subsidio de orden nacional.
- El predio no debe presentar ninguna medida cautelar como embargo o hipoteca.
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Barrios que pueden participar en la convocatoria
- Comuna 1: Aguacatal, Patio Bonito, Terrón Colorado y Vista Hermosa.
- Comuna 6: Calimio, Ciudadela Floralia, Fonaviemcali, Jorge Eliecer Gaitán, La Rivera, Los Alcázares, Los Guaduales, Paso del Comercio, Petecuy I, Petecuy II, Petecuy III, Puente del Comercio, San Luis y San Luis II.
- Comuna 8: Atanasio Girardot, Benjamín Herrera, Chapinero, El Trébol, El Troncal, Industrial, La Base, La Floresta, La Nueva Base, Las Américas, Municipal, Primitivo Crespo, Rafael Uribe Uribe, Saavedra Galindo, Santa Fe, Santa Mónica Popular, Simón Bolívar y Villa Colombia.
- Comuna 14: Alfonso, Alirio Mora Beltrán, Bonilla Aragón, José Manuel, Las Orquídeas, Los Naranjos, Los Naranjos II, Manuela Beltrán, Marroquín II, Promociones Populares y Puertas del Sol.
- Comuna 15: Ciudad Córdoba, El Morichal, El Retiro, El Vallado, Laureano Gómez, Los Comuneros I y Mojica.
- Comuna 18: Alférez Real, Alto Jordán, Alto Nápoles, Buenos Aires, Caldas, Colinas del Sur, El Jordán, Francisco Eladio Ramírez, Horizontes, Los Chorros, Los Farallones, Lourdes, Mario Correa Rengifo, Meléndez, Nápoles y Prados del Sur.
- Comuna 21: Calimio Desepaz, Ciudadela del Río CVC, Ciudadela Talanga, Compartir, Desepaz, El Remanso, Los Líderes, Pizamos I, Pizamos II, Planta de Tratamiento, Valle Grande y Villaluz.