
Al trabajar en un día feriado, la legislación colombiana le concede un pago mejor y diferenciado a aquellos empleados que deben laborar este día. Con la aprobación y ejecución de la Ley 2466 de 2025, también conocida como la Reforma Laboral, hubo varios cambios en el sistema laboral.
Esto corresponde a recargos por días de descanso como fines de semana y días festivos y cambios en la jornada nocturna. Anteriormente, el pago nocturno iniciaba a las 9:00 p.m. y finalizaba a las 6:00 a.m. del otro día y con la modificación en la norma pasó de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. del día posterior.
Es decir, que hubo un aumento de dos horas con respecto al funcionamiento anterior. Este último cambio comenzó a regir recientemente y aplica justamente en el 25 de diciembre, día en el que muchas personas deben trabajar en sus diferentes oficios.
A partir de anoche comenzó la jornada laboral diurna hasta las siete de la noche.
Cualquier trabajador o trabajadora que haya trabajado después de las siete sin que le paguen el recargo salarial puede poner sus quejas ante el ministerio de trabajo y sus inspectores laborales.…
— Gustavo Petro (@petrogustavo) December 24, 2025
Con la entrada en vigor de la reforma laboral, se aprobó el pago del recargo del 100% para quienes trabajan en días de descanso obligatorio. Sin embargo, está será una medida gradual que en 2025 pasó del 75% al 80% desde el 1 de julio del presente año.
Para 2026 aumentará al 90% y por último en 2027 alcanzará el 100%, terminando el aumento progresivo. A continuación, le indicamos cómo calcular el pago que le deben conceder si debe trabajar este jueves 25 de diciembre. Con el fin de ilustrar mejor este ejercicio, tomamos el ejemplo de un trabajador que gana un salario mensual de $2.000.000 de pesos. Cabe mencionar que el auxilio de transporte se paga independientemente y no modifica este cálculo.
2.000.000 ÷ 30 = $66.666 pesos.
66.666 ÷ 8 = $8.333 pesos.
8.333 x 0,8 = $6.666 pesos de recargo por hora.
8.333 + 6.666 = $14.999 pesos.
14.999 x 8 = $119.992 pesos.