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¿Es obligatorio asistir a capacitaciones fuera del horario laboral? Esto dice la Ley

Le contamos qué dice la ley con respecto a las capacitaciones por fuera del horario laboral y su obligatoriedad de asistencia.

jcarreno
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Es común que durante las jornadas laborales se lleven a cabo reuniones con el objetivo de revisar los procesos, socializar estrategias para mejorar las metodologías y también trazar objetivos. De otro lado, también se pueden observar reuniones con motivos de bienestar laboral y las capacitaciones, las cuales pueden ser dictadas por funcionarios de la compañía o personal externo. No obstante, cuando se realizan este tipo de eventos, es necesario identificar si son obligatorias o no.

En la mayoría de los casos, las capacitaciones son obligatorias ya que buscan que los trabajadores estén en constante formación para mejorar o potencializar sus habilidades en búsqueda de obtener mejores resultados en el aspecto laboral.

Lo que muchos se preguntan es si estas capacitaciones obligatorias pueden darse en horarios extralaborales y en caso de no asistir, si la compañía puede tomar acciones de carácter disciplinario en contra de los empleados.

Vale la pena recordar que, en la actualidad, la jornada laboral semanal es de 44 horas y en julio 15 de 2027 la jornada finalmente quedará reducida a 42 horas laborales, esto bajo la ley 2101 de 2021 que reduce la jornada laboral semanal de 48 a 42 horas semanales. Eso por supuesto no implica reducción de salario.

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¿Es obligatorio asistir a capacitaciones fuera del horario laboral?

 

De acuerdo con lo establecido en la ley, todas las actividades que tengan que ver con trabajo, deben programarse dentro del horario laboral, incluyendo las capacitaciones. En caso de que estas sean programadas por fuera del horario deben ser consensuadas entre el empleador y el empleado. Es importante indicar que todo trabajo que se haga por fuera de la jornada ordinaria debe pagarse como hora extra y con su respectivo recargo.

Ojo, el Ministerio del Trabajo aclara que las capacitaciones por fuera del horario laboral pueden ser obligatorias si hay un acuerdo previo entre el empleador y el empleado de que fuese así. De lo contrario, será tiempo que debe pagarse como se mencionó anteriormente.

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