
En Colombia una persona puede pensionarse por Colpensiones luego de cotizar 1.300 semanas que son aproximadamente 26 años de trabajo y llegando a la edad mínima, la cual es 57 años para mujeres y 62 para hombres. Además, también existen las pensiones de invalidez, que es cuando el afiliado, producto de un accidente o enfermedad, pierde el 50% o más de su capacidad laboral. Finalmente, está la pensión de sobrevivientes, que es cuando el pensionado fallece y su mesada pensional es reclamada por su cónyuge, hijos u otros beneficiarios por ley.
Es ampliamente conocido que los pensionados reciben 12 mesadas pensionales, las cuales se liquidan con base al Ingreso Base de Liquidación, el cual se calcula con el salario promedio de los últimos 10 años. La tasa de reemplazo se aplica con el número de semanas cotizadas y por cada 50 semanas después de las 1.300 requeridas, la mesada aumenta en un 1.5% hasta un máximo del 80% de reconocimiento. Las pensiones en Colombia no pueden estar por debajo de un salario mínimo mensual legal vigente.
Le puede interesar: Colpensiones: afiliados obtendrán descuentos en tiquetes aéreos ¿cómo solicitarlos?
La mesada 13 es un pago adicional para los pensionados, ya sea por vejez, invalidez o de sobrevivientes, que puede equipararse a una ‘prima de servicios’, la cual reciben los trabajadores formales dependientes. Esta representa el 100% de una mesada normal y puede recibirse en dos pagos, la mitad en junio y la mitad en diciembre, al igual que la prima de servicios. Esta cuenta con el beneficio de que no se le aplican descuentos como salud u otros aportes obligatorios.
La mesada 13 se pagará en la primera quincena de diciembre y quienes no tienen derecho a esta son aquellos trabajadores que no lograron las semanas requeridas para la pensión, a ellos les puede aplicar la devolución de saldos.
MÁS SOBRE: