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Pensión por sobrevivencia: ¿quiénes pueden acceder y cuánto reciben beneficiarios?

Este es un tipo de pensión que rige en el sistema pensional y cierto tipo de personas pueden recibir pagos mensuales.

jriano
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Pensión por sobrevivencia
En Colombia existen diferentes tipos de pensiones que están amparados por la ley nacional y cobija a diferentes personas, depediendo del caso. La más común y tradicional es por vejez, la cual se otorga a un ciudadano cuando cumplió con los requisitos de edad mínima y semanas cotizadas en su respectivo fondo de pensiones.

Sin embargo, existen otro tipo de jubilaciones que varían según casos y condiciones en específico. Una de ellas es la pensión por sobrevivencia, la cual se destina a los familiares de un afiliado o persona pensionada que falleció. Esto con el fin de apoyar el sostén económico y tema financiero de un hogar.

En algunos casos, los difuntos reparten su patrimonio a sus sucesores a través de un testamento, en el que deciden a qué persona entregar sus pagos mensuales. Cuando no sucede esto, se realiza un proceso de sucesión, en el que se reparten bienes, inmuebles, pensión, entre otros, según la legislación colombiana.

¿Quiénes acceden a la pensión por sobrevivencia?

De acuerdo con el ​​​​​​​​​​​​​​​​Ministerio de Justicia y del Derecho, las personas que pueden tener derecho a este dinero son los conyugues o compañeros permanentes (con mínimo cinco años de convivencia), hijos menores de edad o que estén estudiando hasta los 25 años y los padres del fallecido, siempre y cuando justifiquen dependencia económica del pensionado. ​

El método de repartición habitual es 50% para la pareja y el 50% restante a los hijos, en caso de que los tenga. Para adquirir este derecho, el afiliado debió haber cotizado al menos 50 semanas en los últimos tres años previos a su muerte. Es importante mencionar que en este tipo de pensión existen beneficiarios temporales y vitalicios, que se distinguen por las siguientes características, según explica el fondo de pensiones Porvenir:

Temporales

Vitalicios

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Cálculo de la pensión

Como indica el portal web de Porvenir, el cálculo de la pensión por sobrevivencia se realiza teniendo en cuenta el número de semanas cotizadas del afiliado y el ingreso base de liquidación (IBL). De acuerdo con el artículo 48 de la ley 100 de 1993, la regla es la siguiente:

“El monto mensual de la pensión total de sobrevivientes por muerte del afiliado será igual al 45 % del ingreso base de liquidación más 2 % de dicho ingreso por cada cincuenta (50) semanas adicionales de cotización a las primeras quinientas (500) semanas de cotización, sin que exceda el 75 % del ingreso base de liquidación”.

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