
De acuerdo con la legislación nacional, es un derecho que poseen ciertas personas “que se encuentren en circunstancias de necesidad y que reúnan los requisitos que la ley establece para solicitar la ayuda económica de la persona de quien dependen, o de quien se encuentre en las condiciones financieras para ayudarlos y que esté obligado por la ley a hacerlo“.
El pago de dichos recursos lo asume el padre o madre del menor de edad que requiera de la asistencia de este dinero para su manutención. El monto de esta cuota se calcula dependiendo del ingreso mensual de la persona y otros factores como por ejemplo el número de hijos que tenga bajo su custodia.
Sin embargo, este valor puede ir hasta el 50% de los ingresos mensuales de su progenitor que tiene que cumplir con esta responsabilidad. Esto quiere decir que si una persona gana el salario mínimo y debe asumir el valor máximo, tiene que asegurar un total de $711.750 pesos a su hijo o hija.
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Cuando se presenta este caso de incumplimiento, la madre o padre del menor puede comenzar un proceso ante al Fiscalia General de la Nación. En esta acción se deben adjuntar pruebas y documentos que comprueben la falta de pago, presentando un acta de conciliación o sentencia de juez de familia que previamente estableció monto de la cuota, plazo de pagos, entre otros aspectos. El ente judicial comenzará con el proceso y asignará el caso a un juez penal que reunirá a las partes y tomará una decisión.