La cuota alimentaria es una obligación económica que tienen, generalmente los padres o madres de familia destinada a cubrir las necesidades básicas de sus hijos. Asimismo, esta incluye aspectos para el desarrollo integral o para suplir necesidades como: salud, alimentación, vivienda, educación, vestido y recreación, entre otras. La cuota de alimentos puede ser solicitada por padres, representantes legales, cónyuge, compañero(a) permanente, hijos, hijos extramatrimoniales, hijos adoptivos o cualquier persona que sea cuidador de un menor, adolescente o mujer en embarazo.
De acuerdo con el Minjusticia, la cuota alimentaria se fija de acuerdo con los ingresos de la madre o el padre. Si esta persona incumple, se puede instaurar un proceso judicial en el que, si se determina la omisión de la obligación y la responsabilidad, se puede llegar a un embargo, el cual es únicamente ordenado por un juez civil.
Además, en caso de que una vez se ordene el pago de cuota alimentaria y se incumpla, se puede incurrir en el delito de inasistencia alimentaria, el cual según el código penal puede oscilar entre 16 a 54 meses de prisión. Si es contra un menor, la pena podría oscilar entre 32 y 72 meses de prisión.
Además, la ley estipula que los padres tienen el deber de dar alimentos a sus hijos hasta que estos cumplan 25 años, siempre y cuando se encuentren estudiando y no tengan recursos para sostenerse. Si los hijos tienen una condición especial o discapacidad, los alimentos deben otorgarse hasta que subsista la discapacidad.
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Cuando un padreo o madre incumple, el debido proceso es tratar de llegar a una conciliación antes de instaurar una acción legal conocida como demanda de alimentos ante un juzgado de familia o juez civil. También puede acudir a un centro de conciliación, Comisaría de Familia, Defensoría del Pueblo o a la Personería Municipal para recibir la debida asesoría según el caso.
Es importante recordar que el salario mínimo es inembargable, no obstante, para cuotas alimentarias sí es posible esta acción. Según indica la ley: “Los alimentos o cuota alimentaria incluye todo lo que el niño(a) necesita para su sustento diario, vivienda, vestido, educación, atención médica y recreación. La fijación de la cuota alimentaria se hará de acuerdo a los ingresos del padre o madre obligada, y puede ir hasta el 50% de los mismos”.
@enderechos ➡️ ¿Cuánto le corresponde a tu hijo por cuota de alimentos si el papá gana un salario mínimo y solo tiene un hijo? ➡️Si te estás haciendo esta pregunta, este video es imprescindible para ti. ⚖️ Aquí desmontamos uno de los mitos más comunes sobre la cuota alimentaria: ❌ NO existe una tabla mágica ni una fórmula fija que determine cuánto debe pagar un padre solo con base en su salario. ➡️La clave está en entender que la cuota se calcula a partir de los gastos reales del menor, como educación, salud, alimentación, vivienda y recreación, y no únicamente del ingreso del padre. ➡️En este caso, tomamos como ejemplo el salario mínimo legal en Colombia para el 2025: 📌 $1.423.500 + $200.000 de auxilio de transporte = $1.623.500 💬 ¿Qué nos dice la ley? Aunque el máximo legal que puede embargarse o fijarse como cuota es el 50% del ingreso, eso es una medida excepcional que suele aplicarse cuando hay una gran deuda acumulada. 👉 En la mayoría de los casos, la cuota oscila entre el 30% y el 35% del ingreso del padre, lo que en este ejemplo representaría entre $427.000 y $498.000, llegando hasta $711.750 si se aplicara el máximo del 50%. ⚠️ Ojo: Cada caso es único. Por eso, lo ideal es tener una consulta diagnóstica legal, donde se analicen en detalle los gastos del menor y las posibilidades económicas de ambos padres. #cuotaalimentaria #pensionalimenticia #alimentos #abogadostiktok #abogada #derechodefamilia #leyesdefamilia #abogada #embargo #demanda #padres #madres #hijos ♬ sonido original – Enderechos
Es decir que, para el año 2025, a una persona que deba aportar cuota alimentaria devengando el salario mínimo tendría que aportar hasta el 50% que son $711.750.
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