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¿Qué tipos de pensiones hay en Colombia?; requisitos y condiciones de cada una

Entérese de las diferentes jubilaciones legales que existen el país, las diferencias y condiciones para aplicar a cada una, según sus condiciones .

jriano
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Tipos de pensión
En Colombia, la pensión por vejez es la jubilación principal a la que las personas acceden en el país al cumplir con los requisitos. Edad mínima y semanas cotizadas son las principales exigencias que se solicitan para acceder a este beneficio, junto a otra documentación. 

En el país se pueden cotizar las semanas de trabajo tanto en Colpensiones que pertenece al régimen público, como en otras instituciones como Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia. Estas últimas cuatro entidades son Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que hacen parte del régimen privado. 

Además de la pensión habitual por edad y semanas cotizadas, en Colombia existen otros tipos de pensiones. Estos se caracterizan por condiciones distintas o escenarios alternos que la legislación nacional cobija y autoriza. 

¿Cuáles son los tipos de pensiones en Colombia? 

De acuerdo con Colpensiones, existen cuatro categorías de pensión a las que pueden acceder los colombianos, siempre y cuando cumplan con las condiciones respectivas. Aunque la más común es la pensión por vejez, hay otras tres que también son igual de legales y legítimas. En esta nota le contaremos las pensiones que existen en el país, casos y sus respectivos requisitos. 

Pensión por vejez:  

Permite que los trabajadores puedan disfrutar de su merecido retiro al cumplir la edad mínima, y las semanas de cotización. En 2025, los hombres deben tener al menos 62 años, mientras que las mujeres van con 57 años. Asimismo, se requieren de 1.300 semanas justificadas en el fondo de pensiones para comenzar con el proceso. 

Pensión por sobrevivencia: 

Este tipo de jubilación llega a regir en el caso de que un trabajador con pensión por vejez muere, y el beneficio económico quedará para sus familiares, o beneficiarios. Para esto, el fallecido debió cotizar “al menos 50 semanas dentro de los tres últimos años anteriores al fallecimiento, si ya estabas pensionado o si estabas cotizando el monto de la Pensión”, según Colfondos. 

Esta pensión se puede heredar por familiares de hasta el quinto grado de consanguinidad, es decir, primos, tíos, o sobrinos. Para ser entregada, se efectua un proceso de sucesión, o se realiza a través de un testamento, según sea el caso. 

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Pensión por invalidez: 

Aplica en el caso de que un trabajador sufra un accidente de tipo no laboral, en el que, por consecuencia, el empleado pierda el 50% o más de su capacidad física o mental. Al tener la autorización de un médico, la persona contará con un ingreso mensual vigente del fondo de pensión al cual está afiliado hasta el día de su fallecimiento. 

Pensión Familiar: 

“Es la suma de los esfuerzos de los cónyuges o compañeros permanentes para recibir una pensión de 1 salario mínimo, cuando cumplen con la edad de retiro, pero no tienen suficientes semanas cotizadas para pensionarse individualmente”, de acuerdo con Colpensiones. 

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