En la actualidad, muchas personas se están acercando a su jubilación por vejez para poder obtener su merecida mesada tras años de trabajo. Para acceder a este derecho es importante cumplir con la edad legal establecida que es 57 años en mujeres y 62 en hombres. Adicionalmente, hay que reunir la cantidad de semanas mínimas cotizadas en el sistema pensional.
Con la ley pensional 2381 de 2024 existe la posibilidad de apelar a la doble asesoría, una herramienta dirigida a quienes desean o piensan cambiar de régimen. Consiste en un proceso en el que el trabajador o interesado recibe información de su fondo de pensiones y la entidad a la que desea pasarse (Colpensiones a fondos privados o viceversa).
El agente de cada entidad le indicará al solicitante las diferencias, los beneficios de su régimen, y las opciones de cada escenario. Luego de tener el conocimiento sobre ambas alternativas, la persona podrá tomar una decisión para determinar si se queda en su fondo o se transfiere.
Como lo indica la Ley 2381 de 2024, la doble asesoría es un trámite obligatorio que deben hacer las personas que estén dentro del régimen de transición. Esta es una figura que asegura la aplicación de la ley 100 de 1993 para aquellos que cumplen los siguientes requisitos:
Asimismo, hay que cumplir con la edad establecida por la ley que es 47 años en mujeres o 52 en el caso de los hombres. Estas personas podrán aprovechar la Ventana de Traslado, mecanismo diseñado para gestionar el cambio de régimen de manera legal.
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“Las personas que tengan setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y novecientas (900) semanas cotizadas, para el caso de los hombres, y que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión, tendrán dos (2) años a partir de la promulgación de la presente ley para trasladarse de régimen respecto de la normatividad anterior, previa la doble asesoría de que trata la Ley 1748 de 2014”, indica el artículo 76 la ley.
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