Alcaldía de Bogotá dará subsidio de arriendo hasta por $1 millón: ¿Quiénes lo pueden recibir?
Se trata del programa del Distrito de ‘Arrendamiento Temporal Solidario’.
En Bogotá se están realizando convocatorias para los diferentes subsidios de vivienda en el marco del programa ‘Mi Casa en Bogotá’. Sin embargo, entre los beneficios también se abrió una convocatoria para la iniciativa ‘Arrendamiento Temporal Solidario’, la cual otorga un subsidio mensual de hasta $ 1.085.561 (equivalente a 0,62 SMMLV) por seis meses.
De acuerdo con el Distrito, el programa se convierte en un ‘rescate económico inmediato’ que busca proteger a las familias más vulnerables de la ciudad. “La vivienda es el punto de partida para transformar realidades en nuestra ciudad. Con ‘Arrendamiento Temporal Solidario’, llegamos de manera inmediata a proteger a quienes más lo necesitan, demostrando que en Bogotá nadie está solo en los momentos difíciles”, mencionó Vanessa Velasco, secretaria de Hábitat.
Según la Secretaría de Hábitat, la convocatoria está dirigida a los jefes y jefas de los hogares y la condición principal es que cuenten con ingresos de hasta 1 salario mínimo mensual y no sean propietarios de vivienda o hayan recibido alguno de los subsidios de vivienda del Distrito.
¿Quiénes pueden recibir el subsidio de arrendamiento?
Según el Distrito, estas son las poblaciones priorizadas en este programa.
- Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o en riesgo de feminicidio.
- Víctimas del conflicto armado.
- Personas mayores y recicladores de oficio inscritos en el RURO de la UAESP.
- Víctimas de emergencias o desastres naturales ocurridos en los últimos 5 años.
- Familias pertenecientes a grupos étnicos.
- Adultos mayores
¿Cómo realizar la inscripción?
La inscripción se debe hacer de manera virtual entre el 10 y 11 de junio de 2026 a través de la página web: Secretaría Distrital del Hábitat | Hábitat Bogotá. Allí deberá cargar la documentación requerida y seguir las instrucciones.
- Documentos de identidad: Copia legible de las identificaciones de todos los miembros mayores de edad del hogar, consolidados en un único archivo PDF.
- Certificación de ingresos: Certificado laboral vigente o manifestación firmada de ingresos independientes (con expedición no mayor a 30 días), de cada integrante que reciba ingresos, recopilados también en un solo PDF.
- Para quienes indican que no registran ingresos deberán presentar Certificación juramentada de no ingresos, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días
- Contrato de arrendamiento vigente, cumpliendo con la Ley 820 de 2003.
- Recibo de servicios públicos recientes (agua y energía).
- Registro fotográfico de la vivienda (fachada e interiores).
- Documento que acredite pertenencia a alguno de los grupos poblacionales priorizados.
🏡Sabemos que hay momentos en los que sostener un hogar se vuelve más difícil… y en esos momentos, no estás solo.
— Secretaría del Hábitat (@habitatbogota) June 9, 2026
Este 10 y 11 de junio podrás postularte a #ArrendamientoTemporalSolidario , un apoyo que ayuda a cubrir total o parcialmente el arriendo de tu vivienda en Bogotá👇🏼 pic.twitter.com/AA921xIfKZ