Multa motos eléctricas
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Cuáles son las multas más caras para motos eléctricas en Colombia 2026: cifra supera los 30 SMDLV

Así como los vehículos con motor a combustión, los conductores carros y motos eléctricos también se arriesgan a recibir multas de tránsito.

Las motos eléctricas son medios de transporte que van en desarrollo y registran un incremento interesante en las unidades registradas en Colombia. Aunque las referencias con motores a combustión se llevan la gran parte de la distribución del mercado automotriz, hay conductores que han optado por hacer la transición hacia tecnologías más sostenibles.

Si bien estos vehículos funcionan con baterías y se diferencian de los demás por su peso y otros aspectos, hay algunos que deben cumplir diversas reglas. El artículo 15 de la Ley 2486 de 2025 señala que las referencias que tengan más de 60 kilos y superen velocidades de 40 kilómetros por hora deben tener matrícula y SOAT. Asimismo, los conductores deberán portar su licencia de conducción vigente.

De igual manera, quienes incumplan ciertas reglas o resulten haciendo maniobras indebidas quedan expuestos a recibir multas de tránsito. Al momento de conducir un vehículo de cualquier naturaleza es importante tener una conducta responsable y moderada para evitar accidentes o siniestros viales.

Multas para motos eléctricas en Colombia

La Ley 769 de 2002, también conocida como el Código Nacional de Tránsito Terrestre, establece diferentes normas que deben cumplir los conductores. Asimismo, explica conceptos y deja en claro los diversos tipos de multas que pueden imponer las autoridades de tránsito a los infractores.

Actualmente, existen cuatro categorías que van desde la A hasta la F y van ascendiendo según la gravedad de la infracción. El costo de cada tipo de multa se calcula y ajusta directamente al salario mínimo mensual legal vigente. Las sanciones más costosas que puede pagar quien maneje una moto eléctrica son las que corresponden a la clase D. Esta categoría impone un comparendo de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que equivale a $1.750.905 pesos.

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Sanciones más costosas que podría pagar si infringe la ley

  • Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente. Además, el vehículo será inmovilizado en el lugar de los hechos, hasta que este sea retirado por una persona autorizada por el infractor con licencia de conducción.
  • Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley.
  • Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
  • Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
  • Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
  • Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.
  • Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada, en las horas o circunstancias en que lo exige este código.
  • No permitir el paso de los vehículos de emergencia.
  • En caso de transportar carga con peso superior al autorizado el vehículo será inmovilizado y el exceso deberá ser transbordado.

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