¿Deber pagar declaración de renta, pero no tiene dinero? Estos son los acuerdos que ofrece la DIAN
La entidad fiscal cuenta con recursos de pago para quienes no tienen la totalidad del dinero para pagar este tributo.
Durante el segundo semestre del año, hay millones de ciudadanos que deben realizar el trámite regular de declaración de renta. Entre agosto y octubre del presente año, personas naturales tienen que presentar su reporte de impuestos ante la DIAN como parte de su deber como ciudadanos. Información financiera como ingresos brutos, consumos en tarjetas de crédito, compras, patrimonio, entre otros, hacen parte de esta diligencia.
Algunos contribuyentes deciden hacer esta diligencia de forma personal, mientras que otros prefieren acudir a un contador público. Dependiendo de la magnitud y tamaño de la gestión, el profesional establece el cobro de sus honorarios que el cliente debe pagar al final del ejercicio.
Cabe mencionar que declarar no es lo mismo que pagar, ya que si una persona no supera ciertos límites, solo tendrá que presentar el respectivo reporte. Si su renta termina excede los topes establecidos por la ley deberá pagar el impuesto a la renta como parte de su obligación tributaria.
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¿Qué hacer si debe pagar el impuesto a la renta y no tiene dinero?
En caso de que no tenga la totalidad del valor del tributo que debe cancelar, la DIAN cuenta con alternativas legales para financiar la deuda o diferirla en el tiempo. Apelar a esta medida le permitirá evitar sanciones drásticas que le representen problemas a futuro.
La entidad fiscal ofrece facilidades de pago que son mecanismos valiosos para los ciudadanos deudores de este impuesto. Esta opción “permite a los contribuyentes obtener plazos para
el pago de las obligaciones a su cargo“ que sean administradas por la DIAN.
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Quienes necesiten solicitar este mecanismo deben hacer la solicitud virtual en los buzones electrónicos de la página web de la entidad o en las sedes físicas del país. La petición debe contener los siguientes datos:
- Ciudad, fecha y dirección seccional de la DIAN en la que está su domicilio tributario.
- Nombre o razón social, Número de Identificación Tributaria (NIT), dirección y teléfono del solicitante.
- Firma y número de documento de identificación del solicitante, representante legal o apoderado.
- Copia del documento de identidad del solicitante, representante legal o apoderado.
- Calidad en que actúa (si es en nombre propio, como representante legal o como apoderado de una empresa o de una persona natural).
- Identificación de las obligaciones para las que hace la solicitud.
- El plazo de pago que busca.
- Periodicidad y modalidad de las cuotas de pago.
Modalidades del plan de pago con la DIAN
La entidad fiscal cuenta con dos tipos de facilidades que son solicitudes de pago a corto o mediano plazo. El primero es especial para planes de pago de hasta 12 meses que no requieren de una garantía en especial y son ideales para quienes necesitan un corto tiempo para normalizar su flujo de caja.
La segunda alternativa permite a los deudores pedir plazos de abono superiores a un año para saldar la totalidad de la deuda. Dentro de la petición por escrito, el solicitante debe adjuntar el respaldo de una garantía real que funcionará como una póliza de cumplimiento o una prenda sobre un bien.
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