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¿La dotación debe devolverse a la empresa tras finalizar el contrato? Esto dice la ley

Según denunció la empleada de una marca de ropa, le pidieron los zapatos y ella tuvo que irse a su casa descalza. Le contamos lo que explica la ley en estos casos.

La dotación, según explica el Ministerio de Justicia, es la prestación social que deben entregar los empleadores a sus empleados que devengan hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, es decir, hasta $3.501.810 para 2026. “Esta consiste en un par de zapatos y una muda de ropa para que sean usados durante el tiempo de trabajo, de acuerdo al clima y condiciones en que se labore. En razón a esto, existen mecanismos para lograr el reconocimiento o pago de la dotación”, explica el Gobierno.

Pues bien, recientemente una mujer llamada María Rojas expuso en su cuenta de Tiktok un caso que presuntamente habría sido maltrato por parte de su empleador. De acuerdo con el video, allí la mujer expresó su indignación debido a que la gerente de la tienda de ropa donde ella trabajaba, le pidió los zapatos de dotación, dejándola descalza y en estado vulnerable para retornar a su casa.

“Estoy haciendo constancia que los zapatos eran de dotación y me los hicieron quitar. Yo expuse que solo traía los zapatos de dotación y no otros para poderme cambiar. Lo único que recibí de ellos fue que no les importaba, que me fuera para la casa sin zapatos y me los quitaron y me dejaron descalza”, comentó la joven en su denuncia.

El video rápidamente se hizo viral en redes sociales y generó gran indignación debido a este presunto caso de maltrato y acoso por parte de una reconocida marca de moda. De hecho, se conoció una segunda parte en la que la joven llegaba a su casa descalza y muchos catalogaron este hecho como una total humillación.

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¿La dotación se debe devolver a la empresa?

Es importante que la dotación puede darse en bonos económicos para compra de ropa o si la compañía tiene uniforme, debe proporcionarlo al empleado. Según Ámbito Jurídico, al ser una prestación social, se entiende como un derecho y una vez entregada, esta pasa a ser de uso personal del trabajador, por lo que no se contempla devolución al empleador.

Sin embargo, explica el portal Ámbito Jurídico que, si la dotación incluye marcas, logos o distintivos de la compañía, el empleador sí puede exigir la devolución como una medida de protección para evitar fraudes o suplantaciones. Esto ocurre en sectores como el de vigilancia o la Fuerza Pública.

¿La empresa tenía derecho de pedir los zapatos y dejar a la empleada descalza?

Claramente no, bajo ninguna justificación una compañía o empleador puede vulnerar la dignidad humana de un trabajador enviándolo a su casa descalzo, así los zapatos tuvieran algún distintivo de la marca. El medio citado explica que, si bien en algunos casos los empleadores pueden exigir la devolución de prendas con sus distintivos corporativos, el proceso no puede violar el artículo 1 de la Constitución que se refiere al respeto por la dignidad humana.

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