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¿La primera dama en Colombia recibe salario? Funciones y lo que dice la ley de este cargo

Le contamos si la figura de primera dama tiene efectos jurídicos y legales.

Colombia está ad-portas de elegir a su nuevo presidente de la República. El próximo 21 de junio el pueblo decidirá entre Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda, los dos candidatos que obtuvieron la mayor votación en la primera vuelta presidencial, la cual se llevó a cabo el pasado 31 de mayo de 2026. Las respectivas fórmulas vicepresidenciales son: José Manuel Restrepo, un economista, y por el lado de Cepeda está Aida Quicué, política y lideresa indígena y defensora de Derechos Humanos.

De acuerdo con datos de la Registraduría, en el país se encuentran habilitadas 41.421.973 personas para votar en más de 122 mesas de votación instaladas a lo largo y ancho de la geografía nacional y en los principales consulados de Colombia en el exterior.

Aunque todos los ojos están puestos en los dos candidatos a la Presidencia de la República, otros factores también se vuelven relevantes en medio de la carrera política como, por ejemplo, la familia presidencial, específicamente, la figura de la primera dama.

En el caso de Iván Cepeda, el candidato se casó con la antropóloga y experta en temas de Derechos Humanos, Pilar Rueda Jiménez, quien se ha venido desempeñando como asesora en la Unidad de Investigación y Acusación Jurisdicción Especial para la paz (JEP).

En la otra orilla de esta Ana Lucía Pineda, una administradora de empresas monteriana que lleva junto a Abelardo de la Espriella un matrimonio de 18 años. Tuvieron cuatro hijos: Lucía, Salvador, Filippo y Francesca. En una reciente entrevista con la Revista Semana, aseguró que le gustaría llegar a trabajar como una gestora social para la niñez, la familia y las mujeres.

¿La primera dama en Colombia cumple funciones y tiene salario?

En Colombia constitucionalmente la figura de la primera dama no cuenta con efectos legales y jurídicos. A pesar de que históricamente esta figura trabaja en sectores como la niñez, la educación y la defensa de los derechos de las mujeres, en la ley no cuenta con un reconocimiento en el que se puedan descargar responsabilidades ejecutivas. En ese sentido, tampoco devengan un salario tienen funciones específicas. No obstante, en Colombia las primeras damas acompañan al jefe de Estado en eventos protocolarios y en algunas veces hacen presencia en las visitas oficiales.

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