Vehículos revisión técnico-mecánica
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Los nuevos vehículos que deberán cumplir con la revisión técnico-mecánica, según MinTransporte

La cartera de transporte emitió una resolución en la que establece y ordena la revisión técnico-mecánica para un nuevo grupo de automotores.

En Colombia hay millones de vehículos que deben cumplir con la revisión técnico-mecánica, uno de los requisitos obligatorios para poder circular legalmente por las carreteras del país. Durante esta inspección, los trabajadores de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizados evaluan el estado del vehículo y sus diferentes componentes.

Sistema de frenos, suspensión, estado de los neumáticos, funcionamiento de luces, emisiones contaminantes y más detalles se inspeccionan a lo largo de esta revisión. Este proceso aplica para automotores tales como motocicletas, carros, camionetas, camiones y buses de servicio público y privado.

Aquellos carros que salen del concesionarios deben hacer su primera revisión a los cinco años de ser matriculados. Entretanto, las motocicletas deben hacer la primera inspección a los dos años de haber sido registrados, el mismo lapso de tiempo que aplica para los vehículos de servicio público entre taxis o buses.

Esta diligencia se debe realizar anualmente, antes de la fecha de vencimiento que indica el certificado oficial, que también se puede visualizar en el RUNT. Quienes conduzcan con la revisión vencida se exponen a recibir una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, que equivalen a $875.452 pesos. De igual manera, el infractor deberá afrontar la inmovilización del vehículo y pagar los respectivos costos de patios y grúa.

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¿Qué nuevos vehículos deben cumplir con la revisión técnico-mecánica?

El Ministerio de Transporte expidió la Resolución 20263040030265 en la cual establece los automotores que tendrán que someterse a esta revisión. El documento señala que remolques y semirremolques son los ejemplares que deberán realizar esta evaluación mecánica.

La cartera señaló que la revisión se desarrollará cuando estos vehículos no motorizados estén “acoplados a una unidad tractora y bajo los parámetros definidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 5375-4:2024”. Su primera inspección se debe hacer a los dos años posteriores de su matrícula en el sistema de datos colombiano. Entretanto, los ejemplares ya registrados tendrán un cronograma gradual para realizar esta evaluación en un CDA autorizado.

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El documento menciona que se creará una categoría especial con un esquema tarifario para establecer el costo del trámite para quienes deban hacerlo. Con esta determinación, se busca evaluar el comportamiento y efectuar los respectivos ajustes que se requieran.

“La resolución también establece un esquema tarifario para la prestación del servicio de revisión técnico-mecánica a remolques y semirremolques, el cual será objeto de seguimiento durante los dos primeros años de implementación para evaluar su comportamiento y realizar los ajustes que sean necesarios”, indica el documento.

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