La motocicleta sigue siendo el principal medio de transporte de Colombia, contando con millones de conductore y propietarios en el territorio nacional. Para poder transportarse en este vehículo hay que cumplir con ciertas competencias en manejo y documentación en específico para evitar multas. Uno de ellos es la revisión tecnomecánica, que corresponde a la verificación obligatoria que mide aspectos mecánicos, estructurales y ambientales de un vehículo.
Tanto los modelos de dos ruedas como automóviles de uso particular como buses de servicio público, particular y camiones deben pasar por este trámite. Aquellos que no tengan este requisito actualizado y autorizado por un Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) se enfrentan a varios peligros. Además de las multas y la inmovilización del vehículo por parte de las autoridades, también podrían estar involucrados en un accidente si algún componente falla durante un trayecto.
Quienes incumplan este requisito y sean sancionados se enfrentan a una multa correspondiente de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes. Esto equivale a $875.452 pesos en 2026, aunque este valor puede ser menor si el infractor realiza el curso pedagógico en los primeros días después de haber recibido la notificación.
En el inicio del presente año se conocieron las nuevas tarifas que regirán para este trámite y los ajustes reportados. Los precios para motos tuvieron un incremento del 6%, los vehículos livianos subieron un 5,8%, mientras que los vehículos eléctricos ascendieron 6.2%, y por último, los vehículos pesados aumentaron 5.4%.
Es preciso mencionar que el valor final de la tarifa de cada motocicleta varía dependiendo de factores como el modelo, la marca y el año del vehículo. De acuerdo con la plataforma digital integral para conductores, Grupo R5, las tarifas de tecnomecánica para 2026 son las siguientes:
Le puede interesar: Así quedó el SOAT para motos de más de 200 cc, según la Superfinanciera: ¿cuánto subió?
Cabe señalar que no todas las unidades que se movilizan por Colombia deben hacer la diligencia de la revisión tecnomecánica. Como lo explica la Ley 2294 de 2023, aquellos modelos que tienen menos de dos años de haberse matriculado en el país no deben realizar esta gestión.
“Los vehículos nuevos de servicio público, así como las motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula”, indica el artículo 52 de la ley mencionada. Esto quiere decir que los modelos que fueron matriculados en 2024 deben cumplir con su primera revisión legal para transitar con normalidad por el territorio nacional.
© CARACOL S.A. Todos los derechos reservados.
CARACOL S.A. realiza una reserva expresa de las reproducciones y usos de las obras y otras prestaciones accesibles desde este sitio web a medios de lectura mecánica u otros medios que resulten adecuados.