
¿Se puede pensionar sin haber cotizado 1.300 semanas? 3 alternativas en Colombia
Si alcanzó la edad de jubilación y no tiene cómo completar las semanas mínimas cuenta con algunas opciones para usar sus aportes acumulados.
Jubilarse en Colombia es una de las metas que tienen muchas personas que llevan varios años trabajando o comenzaron su etapa productiva. Alcanzar este derecho adquirido brinda una serie de beneficios y oportunidades para quienes cumplieron los requisitos de edad mínima y semanas exigidas en la ley.
Para poder lograr la pensión por vejez es importante tener mínimo 57 años en mujeres y 62 en hombres y acumular al menos 1.300 semanas. Los aportes deben estar registrados en los fondos pensionales legales en los que está afiliado un usuario, el cual puede consultar mediante la historia laboral.
Si bien hay algunos trabajadores que cumplen con esta meta personal, también está el caso de aquellos que no logran conseguir la pensión por vejez. Esto se debe a que alcanzan la edad, pero en su registro no cuentan con los aportes mínimos por razones como desempleo, dificultad para aportar a seguridad social como independientes, entre otros factores.
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¿Qué opciones de pensión tienen las personas que no cotizaron 1.300 semanas?
Colpensiones establece una serie de alternativas que tienen aquellos que por alguna razón ya no pueden solicitar la jubilación tradicional. La primera opción legal es la pensión famliar, este es un recurso que sirve especialmente a parejas que no consiguieron la pensión por vejez. De acuerdo con el fondo público, consiste en sumar las semanas cotizadas de cada uno para compartir una prestación económica vitalicia.
La segunda posibilidad es pasarse al programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS). Este es un plan B para quienes no tienen como aportar mensualmente a pensión, por lo que pueden hacer aportes voluntarios según su capacidad de ahorro. Dentro de las herramientas que otorga esta alternativa, los usuarios pueden acceder a un “subsidio del 20% sobre el dinero ahorrado”.
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Por medio de esta opción, los usuarios pueden pedir el traslado de sus aportes acumulados a BEPS para “recibir sobre el valor trasladado el subsidio que otorga el Gobierno”. De esta manera, las personas pueden acceder a un recurso de protección para su vejez durante su tercera edad.
La última opción posible para quienes no alcanzaron la pensión es la indemnización sustitutiva. Consiste en la devolución total del dinero que acumuló una persona a lo largo de los años y no tienen la posibilidad de seguir aportando. De esta manera, el afiliado podrá disponer totalmente del dinero de los recursos que registró durante su etapa productiva.
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