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SIC prohíbe a los conjuntos residenciales exigir datos biométricos para el ingreso

Esta tecnología queda inhabilitada para el ingreso de personas a los conjuntos residenciales.

Actualmente, cuando un ciudadano llega como visitante a un conjunto residencial, le solicitan algún documento o le toman datos como identidad y la hora de ingreso y salida de la copropiedad. No obstante, la Superintendencia de Industria y Comercio recordó a las administraciones que no se pueden solicitar datos biométricos, tanto de los residentes como de los visitantes, para acceder al conjunto residencial.

De acuerdo con la SIC, la información de biometría está dentro de la categoría de dato sensible, por lo que antes de recopilarla se necesita autorización previa del ciudadano. Este pronunciamiento se da luego que en diferentes edificios y copropiedades se utilice el reconocimiento facial, escaneo de iris y lectura de huellas dactilares.

“¿Un conjunto residencial puede obligarte a usar reconocimiento facial para ingresar? En SIC Digital resolvemos una duda frecuente: si no autorizas el tratamiento de tus datos biométricos, la administración debe ofrecerte un mecanismo alternativo de ingreso, como una tarjeta, un chip u otro sistema seguro. Conoce qué dice la normativa, cuáles son tus derechos y qué puedes hacer si no te ofrecen una alternativa”, explicaron desde la SIC.

De acuerdo con la entidad, el edificio debe ofrecer a residentes y visitantes una alternativa diferente a los datos biométricos para que puedan ingresar a las instalaciones.

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¿Qué sucede si un conjunto hace obligatorio el uso de datos biométricos?

En caso de que un residente o autorice el tratamiento de datos personales, el conjunto está en la obligación de suministrar una tarjeta de proximidad con chip o de acceso a la copropiedad. Pero ojo, en caso de que sí autorice el tratamiento de datos, el conjunto debe garantizar el tratamiento de los datos, que solo pueden ser utilizados para el registro e ingreso.

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